La Unión de Campesinos de Castilla y León (UCCL) recuerda a todos los agricultores y ganaderos de Castilla y León, que la aplicación informática ya está disponible para la presentación de la Solicitud Única de las ayudas directas en el marco de la PAC correspondiente a 2016. Este año es el segundo de un nuevo periodo 2015-2020, donde, aunque las intenciones iniciales de la Comisión era lograr una Política Agrícola Común (PAC) más sencilla, se ha convertido en unas ayudas tremendamente complejas y complicadas.
Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. Conviene destacar la importancia de cumplimentar correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo para evitar posibles penalizaciones o incluso la exclusión del sistema de ayudas directas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.
Los Pagos que los agricultores y ganaderos de la región pueden comenzar a solicitar desde el día 1 de febrero:
- Régimen de pago básico por explotación, en concreto: convocar la solicitud de pago anual de la ayuda correspondiente al régimen de pago básico, procedimiento de las cesiones de derechos de pago básico y convocar la solicitud de derechos a la reserva nacional.
- Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, “pago verde”.
- Pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.
- Régimen de ayuda asociada voluntaria a agricultores y ganaderos.
- Pago específico al cultivo del algodón.
- Ayudas para el régimen de los pequeños agricultores.
- Ayuda nacional por superficie a los productores de frutos de cáscara.
- Ayudas de agroambiente y clima incorporadas para el periodo de programación 2014-2020.
- Ayudas de agricultura ecológica en el periodo de programación 2014-2020.
- Ayudas destinadas a compensar las limitaciones naturales en zonas de montaña y en otras zonas con limitaciones específicas establecidas.
- Establecer el mecanismo para la actualización del REACYL de aquellos titulares que no disponen de derechos de pago básico ni soliciten ningún tipo de ayuda asociada o de las medidas agroambientales y dispongan de una explotación en la que cultiven productos al margen de la PAC.