Qué derechos o pasos tengo que dar si me expropian una finca rústica? en El Adelantado de Segovia

adelantado 0

Te dejo mi última columna del mes de diciembre en el suplemento del campo de El Adelantado de Segovia 

 

Si necesitas algún documento legal agrario puedes adquirirlo en nuestra tienda on line: Los documentos y formularios más útiles para el derecho agrariohttp://tienda.agronewscastillayleon.com/

 

 

¿Qué derechos o pasos tengo que dar si me expropian una finca rústica?

Como afectado en una expropiación forzosa, ya sea por ampliación de un camino, o por instalación de otras infraestructuras como una autovía o el AVE, hay una serie de pasos que  conlleva el proceso de expropiación forzosa: 

 

1º.- El agricultor recibirá una carta para que un día determinado vaya al local del ayuntamiento para firmar el ACTA PREVIA DE OCUPACION. (previa o simultáneamente se habrá publicado en el BOP y BOCYL).

Es el momento para corregir los distintos errores en cuanto titularidades, tipo de cultivo, superficie, manifestar si existen pozos, caminos, etc…, o para pedir pasos, entraderos, etc

Hay que tener cuidado de que no nos "cuelen" la “letra pequeña”: renuncia al depósito previo y firma de acta de ocupación definitiva (pues en ese momento ya pueden entrar las máquinas). A veces se firman las dos actas simultáneamente: las actas previas y las actas de ocupación definitiva, sobre todo en expropiaciones pequeñas lo que ahorra costes a la Administración o beneficiario.

En este acta previa a la ocupación hay que dejar constancia de que “no se renuncia al depósito previo” (es un dinero que se da por la cosecha actual) y que no se renuncia al derecho  a presentar hoja de aprecio si se

Respecto de las ocupaciones temporales se debe hacer constar que “una vez finalizada la ocupación temporal se entregará la finca en las mismas condiciones que se ocupó y “que se pagará el valor del vuelo durante todo el tiempo que dure la ocupación”.

Los arrendatarios también tienen derecho a una indemnización, pero es necesario acreditar la existencia del arrendamiento (contrato escrito, recibo de pago…)

2º.- Posteriormente (habitualmente pasados unos meses) el agricultor recibe otra carta en la que se le convoca nuevamente en el Ayuntamiento para decirle el precio de lo que ofrecen y en su caso firmar el Acta de Mutuo Acuerdo.

Si se está de acuerdo con lo que ofrecen o  se ha negociado y se llega a acuerdo se firmará unACTA DE MUTUO ACUERDO Y ACTA DE OCUAPCIÓN DEFINITIVA, y se procederá a pagar en justiprecio acordado de mutuo acuerdo. Este dinero pueden tardar un tiempo en abonarlo, y en su caso habrá que pedir intereses si transcurren más de 6 meses.

3º.- Si NO está de acuerdo el agricultor tendrá que presentar la HOJA DE APRECIO(se trata de un informe pericial) que junto con la de la Administración se llevará al JURADO DE EXPROPIACION que en su día resolverá sobre el JUSTIPRECIO. Contra el acuerdo del Jurado cabe ir al contencioso administrativo.

 

Celia Miravalles, abogado

 

Si te pareció interesante este post, no dudes en compartirlo, puede que a otros también se lo parezca. Te invito a suscribirte al blog , estarás informado de la publicación de los nuevos artículos.

 

Puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales, para la realización de gestiones, redacción de escritos o defensa en juicio en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 9), en tfo.630 90 30 68 / 983343960, o en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

 

Si necesitas algún documento legal agrario puedes adquirirlos en nuestra tienda on line: Los documentos y formularios más útiles para el derecho agrario: http://tienda.agronewscastillayleon.com/

 

 

 

 

Blog de Celia Miravalles

Deja un comentario

Share This