Derechos y obligaciones del arrendador en un arrendamiento rústico

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Derechos y obligaciones del arrendador en un arrendamiento rústico

Tanto los derechos como las obligaciones del arrendador en un contrato de arrendamiento rústico están diseñados para establecer un marco legal que proteja los intereses de ambas partes. Por ello , siempre es crucial redactar un contrato detallado y conforme a la ley de arrendamientos rústicos (ley 49/2002 con la reforma de la ley 26/2005) para evitar conflictos futuros.

 Derechos del Arrendador

  1. Recibir la renta: El arrendador tiene derecho a recibir la renta acordada en el contrato, en los plazos y forma que se hayan establecido.

El art 13 y ss LAR señala que la renta se fijará en dinero y será la que libremente pacten las partes. En defecto de acuerdo se abonará en metálico por años vencidos y el arrendador deberá entregar recibo de pago.

 

  1. Inspección de la propiedad: Bajo ciertas condiciones y previo aviso, el arrendador tiene el derecho de inspeccionar la propiedad para asegurarse de que se mantenga en buen estado.

Para evitar problema conviene recogerlo en el contrato, y establecer las condiciones. Lo que no puede es entrar sin previo aviso en las fincas o instalaciones arrendadas.

 

  1. Realizar obras necesarias: los art 17 y ss LAR señala que el arrendador está obligado a realizar gastos de conservación y aquella obras a las que venga obligado por sentencia o resolución administrativa, por lo que tiene derecho a entrar en la propiedad para realizar reparaciones urgentes o mejoras necesarias.

 

  1. Finalización del contrato: El arrendador tiene el derecho de dar por finalizado el contrato de arrendamiento, con el paso de los 5 años (preavisando con un año de antelación), por falta de pago de la renta, por incumplir la obligación de mejora, por no explotar la finca, si el arrendatarios subarrienda o cede la finca sin consentimiento, si el arrendatario causa daños en la finca, si la finca se transforma en urbana, o se eleva su precio por un destino ajeno al agrario del doble del valor

 

  1. Actualización de la renta: el arrendador puede tener derecho a actualizar el importe de la renta, en función del ipc (índice de precios al consumidor) o precios agrarios: pero solo si se pacta expresamente entre las partes.
  2. Recuperar la posesión: Una vez terminado el contrato de arrendamiento, el arrendador tiene derecho a recuperar la posesión de la propiedad en el estado en que se entregó, salvo el desgaste normal por el uso. (art 1561 Código Civil, de aplicación supletoria)

 

 

Obligaciones del Arrendador

  1. Entrega de la propiedad: El arrendador está obligado a entregar al arrendatario la finca rústica en condiciones adecuadas para el uso acordado. Así lo establece por defecto de la LAR el art 1554 Código Civil

 

  1. Mantenimiento y reparaciones: Los art 17 y siguientes de la LAR regulan la obligación del arrendador de realizar las obras de conservación de la finca y aquellas obras, mejoras o inversiones a las que venga obligado el arrendador por ley, resolución administrativa firme o por el propio contrato.

 

  1. Garantizar el uso pacífico: El art 1554 del Código Civil señala que el arrendador debe garantizar que el arrendatario pueda utilizar la propiedad sin interferencias indebidas, incluidas las legales o las provenientes de defectos en la propiedad.

 

  1. Pago de ciertas cargas y tasas: En general, el arrendador es responsable de pagar las cargas y tasas que afecten a la finca, como la contribución rústica o el IBI o los gastos por obras de las Comunidades de regantes, aunque si están de acuerdo las partes y consta en contrato el arrendador puede repercutirlo al arrendatario

 

  1. Notificación de venta: En caso de venta de la finca rústica el art 22 de la LAR exige que el arrendador notifique al arrendatario y le ofrezca el derecho de tanteo o adquisición preferente.

 

  1. Respetar los plazos y condiciones: El arrendador debe respetar los términos y condiciones del contrato de arrendamiento, incluidos los plazos estipulados para la duración mínima del mismo, esto es salvo terminación por mutuo acuerdo el arrendador debe respetar la duración mínima de 5 años.
  2. Devolución de la fianza: Si las partes hubieran pactado una fianza, al final del contrato, el arrendador está obligado a devolver la fianza en los términos y condiciones acordados, deduciendo los posibles gastos de reparación si fueran necesarios y así hubiera sido establecido.

 

Contrato de arrendamiento de fincas de secano y derechos PAC

 

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Celia Miravalles, abogado

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