Nuevos beneficios fiscales para arrendamientos rústicos y compra de fincas

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Nuevos beneficios fiscales para arrendamientos rústicos y compra de fincas

 

El día 12 de diciembre de 2022 se ha publicado en el BOCYL, la ley 2/2022 de rebajas tributarias en Castilla y León; entre otros beneficios se han establecido dos nuevas bonificaciones o beneficios en el ámbito agrario:

  • En el caso de los arrendamientos de fincas rústicas: se ha establecido una bonificación del 100% de la cuota del impuesto de actos jurídicos documentados y trasmisiones siempre que el arrendatario tenga la condición de agricultor profesional y sea titular de una explotación agraria prioritaria en la que se integren las fincas arrendadas
  • En el caso de compraventas de fincas rústicas (trasmisiones onerosas) contempladas en los art 9, 10 y 11 de la Ley de modernización de explotaciones agrarias (que contemplan una reducción de la base imponible del 75%, 90 % o 100% de la base imponible del impuesto de transmisiones patrimoniales, según se adquiera una o varias fincas (75%) o una explotación agraria completa –(90% que alcanza el 100% en caso de adquisición por el cónyuge) siempre que el adquiriente sea o adquiera la condición de titular de explotación agraria prioritaria: en estos casos una vez aplicada la citada reducción en vez de aplicar el 8% o 10% del tipo de impuesto de transmisiones se aplicará el  el tipo reducido del 4%.. Se pone la condición de tener que mantener las fincas durante los 5 años siguientes a la fecha de escritura pública, salvo fallecimiento.

 

Contrato de arrendamiento de fincas de regadío y derechos PAC

 

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Celia Miravalles, abogado

 

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