La media veda se establece desde el 15 de agosto y hasta el 15 de septiembre, la caza mayor se fijará según las especies y la menor desde el cuarto domingo de octubre hasta el último de enero, según recoge la Orden Anual de Caza que publicó hoy el Bocyl y que regula regula la conservación de las especies cinegéticas, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.
La normativa establece las especies cazables, comercializables, los períodos hábiles, la regulación específica de la caza mayor y menor, los cupos, entre otras materias. En concreto, la caza de la liebre en los cotos de las asociaciones pertenecientes a la Federación Castellano-Leonesa de Galgos se realizará a partir del 12 de octubre.
En cuanto a la caza mayor, el período hábil para el jabalí se sitúa entre el cuarto domingo de septiembre y hasta el tercer domingo de febrero. En este sentido, y con respecto a las solicitudes o comunicaciones de monterías y ganchos/batidas, para eliminar la necesidad de un plano de mancha con cada solicitud o comunicación, el titular o en su caso el arrendatario podrá presentar con la primera solicitud de la temporada un plano conjunto del coto en el que se establezcan gráficamente el total de manchas a dar en la temporada, debidamente numeradas. En caso de optar por la presentación de este plano conjunto, el solicitante solo deberá indicar en ulteriores solicitudes o comunicaciones el número de mancha a dar, sin necesidad de presentar un nuevo plano cada vez.
En los aguardos o esperas nocturnas al jabalí, el titular estará obligado a comunicar al Servicio Territorial correspondiente el resultado de los aguardos o esperas nocturnas en el plazo máximo de quince días naturales. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la denegación de nuevas autorizaciones o a la revocación de las ya autorizadas.
En lo que se refiere a caza menor, el inicio para la media veda será el próximo día 15 de agosto y el cierre el 15 de septiembre, y para la tórtola común y la paloma torcaz el inicio de la temporada hábil se fija para el 22 de agosto. En próximas fechas, y mediante resolución de la Dirección General del Medio Natural, se publicará en el Bocyl los días habilitados para la media veda en cada una de las provincias de la Comunidad.