La Junta de Castilla y León excluye de las zonas de especial incidencia de brucelosis bovina todas las ubicadas en la provincia de Segovia y Salamanca, así como en la Unidad Veterinaria de Navas del Marqués en Ávila.

Agronews Castilla y León

3 de marzo de 2017

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El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy, 3 de marzo, la RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2017, de la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, por la que se declaran determinadas áreas geográficas excluidas de la zona de especial incidencia de brucelosis.

La evolución favorable de la prevalencia de la brucelosis bovina como consecuencia de la aplicación de los programas sanitarios específicos en las diferentes Zonas declaradas como de Especial Incidencia de brucelosis bovina en Castilla y León hace conveniente derogar las resoluciones de declaración de algunas de estas zonas

Excluir de las zonas de especial incidencia de Castilla y León todas las ubicadas en la provincia de Segovia y Salamanca, así como en la UV de Navas del Marqués en la provincia de Ávila.

Oden completa

La Orden AYG/162/2004, de 9 de febrero, por la que se establecen las normas que han de regular la ejecución de las Campañas de Saneamiento Ganadero para la erradicación de la tuberculosis y brucelosis en el ganado de la especie bovina y de la brucelosis en el de las especies ovina y caprina, así como el control de la leucosis y la perineumonía bovinas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dispone en su artículo 15 la posibilidad de establecer, mediante Resolución de la Dirección General de Producción Agropecuaria, determinadas áreas geográficas como zonas de «Especial Incidencia». Asimismo, dicha Orden contempla en su Anexo B los contenidos mínimos del Programa Sanitario Específico para dichas zonas, que deberá ser publicado como Anexo a la resolución, y será de obligado cumplimiento en las zonas afectadas por la misma.



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