El Fondo Español de Garantía Agraria publica la circular «El Plan nacional de controles y criterios para la aplicación de penalizaciones sobre el cumplimiento de la condicionalidad»
Circular completa: circular_6-2018_condicionalidad.pdf
Con objeto de garantizar una aplicación armonizada de la reglamentación comunitaria y de la normativa básica de desarrollo de competencia estatal, así como la igualdad de tratamiento entre los solicitantes de las ayudas que se citan a continuación, es necesario marcar unos criterios mínimos para que las actuaciones de los organismos pagadores, en el ejercicio de sus competencias, se realicen de forma coordinada, para lo cual se ha consensuado la presente circular con las comunidades autónomas.
En todo caso y dado que la circular establece directrices orientativas sobre reducciones, sanciones y exclusiones, por tratarse cuestiones que pueden afectar a los derechos e intereses legítimos de los administrados, las comunidades autónomas deberán atenerse a su tipificación normativa, en los casos en que la normativa comunitaria precise de desarrollo, y a la tramitación del procedimiento correspondiente.
En los casos en que se establezcan sanciones, cualquiera que sea el ámbito de las mismas (normativa comunitaria, nacional o autonómica) se atenderá a lo que disponga la legislación respecto a tipificación y procedimiento sancionador. Así, la presente circular establece:
- los requisitos legales de gestión y las normas en materia de buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra,
- los controles mínimos a realizar en el marco del sistema integrado de gestión y control para verificar el cumplimiento de la Condicionalidad, y
- los criterios mínimos para la aplicación armonizada de las penalizaciones así como los márgenes para fijar, en función del carácter negligente o intencionado de los incumplimientos y según la gravedad, alcance, persistencia, y reiteración de los mismos, el nivel de penalización.