Autor de la pregunta:
Antonio
Pregunta:
Buenas mi pregunta está relacionada con la apertura de una casa rural en un pueblo de la provincia de Ávila y me gustaria saber si debo de darme de alta como autónomo para ejercer dicha actividad sin ningún tipo de servicio suplementario y si puede deducir los gastos como luz etc,
gracias.
Respuesta:
Para la apertura de una casa rural, y en el caso que nos indica entendemos que el alta que le asignan en hacienda es un epigrafe 861.1 , como Alquiler de Vivienda, en el cual usted no presta ningun tipo de servicio como puede ser recepción, menaje, servicio de limpieza, cambio de ropas, alimentación,….. en cuyo caso implicaría estar dado de alta como Alojamiento Turístico Extrahotelero, eígrafe 685.
En cuanto al alta en autónomo depende del epígrafe asignado y de la habitualidad y de la facturación que esto le vaya a generar.
Julio M. Figueroa
Asesunión Valladolid
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