Unió de Pagesos reclama cambios reales en el Real decreto por la reforma laboral que contribuyan a una salida de la crisis general del sector agrario

Agronews Castilla y León

1 de febrero de 2022

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Unió de Pagesos exige que la reforma laboral que se deriva del Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, introduzca cambios para que tengan en cuenta el campesinado, ya que la coyuntura económica es muy desfavorable para este sector desde hace años, con precios en origen bajos y costes muy elevados que van en aumento. El sindicato recuerda que lleva años reclamando cambios a las administraciones para que las explotaciones agrarias tengan continuidad, sin haber obtenido ningún resultado por parte del Ministerio de Trabajo, y ahora pide que este Real Decreto se tramite como ley ordinaria.

Unió de Pagesos denuncia que el contenido del Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, no tiene en cuenta estas circunstancias y la situación prolongada de crisis del campesinado. El sindicato, que sigue trabajando con este fin, ha trasladado a los grupos parlamentarios del Congreso propuestas de enmiendas.

Unió de Pagesos considera que la duración del contrato de circunstancias de la producción previsibles de máximo 90 días por año natural, prevista en el Real Decreto, puede perjudicar al campesinado. Para el sindicato, es necesario incrementar la duración de los días de uso de este tipo de contrato hasta 120 días al año en coherencia con lo establecido en el artículo 4” Personas trabajadoras eventual, temporeros y temporeras y empleados y empleadas de el hogar” del RD 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021.

Hay que tener en cuenta, en lo que se refiere a la duración de los contratos de circunstancia de la producción previsibles, que las explotaciones agrarias actuales, para poder ser rentables y viables, tienen más de un cultivo; por este motivo habría que hacer una excepción en el Sistema especial por cuenta ajena agraria incrementando los días de los que dispone una empresa para realizar este tipo de contratos

En cuanto al artículo primero del Real Decreto, que modifica el contrato fijo discontinuo, obliga a la empresa a hacer el llamamiento dejando constancia, pero no obliga a la persona trabajadora a dar un domicilio a efectos de notificación ni a contestar el llamamiento, por lo que no garantiza la igualdad de trato.

En este sentido, existe una dificultad por parte del empresario agrario de llevar a cabo la llamada, ya que la tipología de personas que trabajan en el Sistema especial por cuenta ajena agraria no tienen una residencia fija y cambian constantemente de teléfono móvil. Estas personas cambian de lugar de residencia en función de las campañas en las que trabajan, viven en alojamientos o no coincide con la dirección del permiso de trabajo con la dirección donde reside, etc.



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