¿Sabes cuál es la documentación mínima que tienes que presentar en una cesión de derechos de la PAC en 2019?

Agronews Castilla y León

8 de diciembre de 2018

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El Fondo Español de Garantía Agraria ha publicado, recientemente, la circular que regula las cesiones de derechos de pago básico en la campaña de la PAC 2019

La comunicación de cesión de derechos de pago básico deberá contener, como mínimo, la siguiente información:

  • CIF-NIF del titular cedente de los derechos.
  • Nombre y apellidos / Razón Social del cedente.
  • CIF-NIF del receptor cesionario de los derechos.
  • Nombre y apellidos / Razón Social del cesionario.
  • Fecha de la cesión.
  • Tipo de cesión solicitada: Especificar claramente de qué tipo de cesión se trata atendiendo al siguiente listado:

1. Venta o cesión definitiva de derechos sin tierra.

2. Venta o cesión definitiva de derechos sin tierra de la totalidad de los derechos de un productor que percibe menos de 300€

3. Venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un agricultor que inicia la actividad agraria

4. Venta o cesión definitiva de derechos con tierra o cesiones asimiladas (hectáreas admisibles).

5. Venta de derechos sin tierra donde el cedente o el cesionario hubiese visto modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública

6. Venta de derechos sin tierra a un agricultor joven.

7. Arrendamiento de derechos sin tierra.

8. Arrendamiento de derechos sin tierra donde el cedente o el cesionario hubiese visto modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública.

9. Arrendamiento de derechos sin tierra a un agricultor joven.

10.Arrendamiento de derechos con tierra (hectáreas admisibles).

11.Finalización anticipada de un arrendamiento de derechos.

12.Herencias, legados y usufructos.

13.Jubilaciones de la actividad agraria en las que el o los cesionarios de los derechos sean familiares de primer grado del cedente y programas aprobados de cese anticipado o incapacidad laboral permanente del cedente.

14.Cambios del régimen o estatuto jurídico del titular que conlleven un cambio de NIF.

15.Fusiones o Agrupaciones en personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica. 16.Escisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de personas físicas.

17.Renuncia voluntaria a favor de la reserva nacional.

  • N° años de arrendamiento (solo para comunicaciones de arrendamiento).
  • Fecha de la comunicación.
  • Códigos de los derechos transferidos.
  • Porcentaje transferido de los derechos implicados en la cesión.
  • Firma del cedente y del cesionario.
  • Lista de la documentación aportada.

En función de los requisitos a cumplir por cada tipo de cesión solicitada, se deberán aportar los documentos correspondientes.

La Gestión de Derechos de Pago Básico listará los documentos mínimos para cada tipo de cesión.



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