La Consejería de Agricultura informa favorablemente el reglamento del Judión de la Granja

Agronews Castilla y León

9 de diciembre de 2013

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La Consejería de Agricultura y Ganadería ha informado favorablemente sobre el Reglamento de Uso de la Marca de Garantía ‘Judión de La Granja’, éste es el paso previo para la solicitud del registro de la marca de garantía ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Esta marca tiene como objetivo poner en valor la calidad del judión de La Granja y su diferenciación en el mercado, teniendo en cuenta además su relación con la cultura y la gastronomía de la provincia de Segovia.

El apoyo ofrecido desde la Administración Regional viene motivado porque la marca permitirá la creación de empleo y la posible fijación de población en el medio rural de Segovia, mejorará las infraestructuras de este cultivo en el municipio, y podrá crear nuevas posibilidades empresariales ligadas a la industria de transformación.

Características del Judión

La zona de producción agrícola del judión amparado por la Marca de Garantía está constituida por 131 municipios localizados al sur de la provincia de Segovia, con una superficie amparada inicialmente bajo la enseña son 26,07 hectáreas con una producción estimada de 32.132,5 kilogramos.

El ‘Judión de La Granja’, tal y como se recoge en el reglamento de uso, tiene color blanco, pero también puede ser negro y jaspeado. Cuenta con una gran capacidad para la absorción de agua lo que supone una mayor facilidad de cocción y una excelente presencia, uniformidad y palatabilidad una vez cocinadas. Puede ser chato por uno de sus lados y presenta una longitud entre 2 y 3 cm., en ocasiones hasta 4 cm. y grosor de 4 mm. mínimo y un máximo entre 12 y 15 mm. Sus características físicas se encuentran entre los siguientes parámetros: peso de 100 semillas: ≥ 180 gr., número de semillas en 100 gr. ≤ 75 y absorción de agua a 25 % mayor del 100 % del peso de los judiones

El reglamento establece que el periodo de comercialización de los judiones secos protegidos será el comprendido entre la recolección de éstos y el mes de septiembre del segundo año.



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