ASAJA Sevilla recuerda que los ganaderos de ovino deben realizar desde el día 1 de enero la declaración censal de la explotación

Agronews Castilla y León

3 de enero de 2019

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Desde ASAJA Sevilla recuerdan a los ganaderos que en aplicación del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrolllo rural, se establece como requisito la declaración obligatoria por parte del ganadero/a titulares de explotaciones de ovino y caprino a fecha 1 de enero del censo de su explotación y teniendo como plazo para realizar esta declaración hasta el 1 de marzo, según lo recogido en el artículo 11.4 del real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.

La declaración censal puede realizarse telemáticamente a través del módulo de PIGGAN en el portal SIGGANnet, o bien por registro, preferentemente en la Oficina Comarcal Agraria.

Si se utiliza el módulo de PIGGAN, se deberá tener la precaución de grabar los datos con fecha 1 de enero de 2019.

Si existen anotaciones como declaraciones censales, saneamientos etc. posteriores al 1 de enero, el sistema impedirá la grabación a fecha de 1 de enero y tendrá que hacerlo por registro.



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