El MAGRAMA amplia la Zona de Restricción de los serotipos 1 y 4 del virus de la Lengua azul, incluyendo las comarcas abulense de Candeleda y Arenas de San Pedro

Agronews Castilla y León

18 de diciembre de 2014

cabras

Como ya anunció Agronews Castilla y León el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado hoy, 18 de diciembre, en el Boletín Oficial del Estado una resolución por la que se actualiza el anexo I de la Orden AAA/2029/2014, de 29 de octubre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Teniendo en cuenta la distribución geográfica de los últimos focos de serotipo 4 del virus de la Lengua Azul, y con objeto de ofrecer las garantías sanitarias adecuadas a los movimientos de animales procedentes de estas zonas, desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se ha decidido ampliar la Zona de Restricción de los serotipos 1 y 4 del virus de la Lengua azul, quedando las zonas de restricción del siguiente modo:

1.- Zona de restricción de serotipo 1 y 4:

a) Comunidad Autónoma de Andalucía:

1º. Las provincias de Huelva, Sevilla, Cádiz, Málaga y Córdoba.
2º. En la provincia de Jaén, las comarcas de Jaén, Linares, Andújar, Huelma (Sierra Mágina),Alcalá la Real (montes Occidentales),La Loma y El Condado.

b) Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha:

1º En la provincia de Ciudad Real las comarcas de Almadén, Almodóvar del Campo, Malagón (antiguas comarcas de Malagón y Ciudad Real), Calzada de Calatrava, Piedrabuena (antiguas comarcas de Piedrabuena y Horcajo de los Montes), Valdepeñas y Villanueva de los Infantes
2ºEn la provincia de Toledo las comarcas de Belvís de la Jara, Los Navalmorales, Oropesa y Talavera de la Reina

c) Comunidad Autónoma de Extremadura:

1º. La provincia de Badajoz
2º. En la provincia de Cáceres: las comarcas de Logrosán (Zorita), Cáceres, Plasencia, Navalmoral de la Mata y Trujillo.

d) Comunidad Autónoma de Castilla y León:

En la provincia de Ávila las comarcas de Candeleda y Arenas de San Pedro.

2.- Zona de restricción de serotipo 1: Resto del territorio peninsular.

3.- Zona libre: Islas Baleares y Canarias.

La resolución se puede leer en: https://www.agronewscastillayleon.com/sites/default/files/docs/legislation/boe-a-2014-13140.pdf



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