La Comisión presenta un informe sobre la aplicación de las normas de la UE contra las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro alimentario

Agronews Castilla y León

23 de abril de 2024

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La Comisión Europea publica hoy, 23 de abril, un informe sobre la aplicación de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales (PCD) en la cadena de suministro de alimentos. Este era uno de los compromisos de la Comisión, presentado el 15 de marzo, para reforzar la posición de los agricultores en la cadena de suministro alimentario. Adoptada en 2019, la llamada Directiva UTP prohíbe 16 prácticas que pueden tener efectos nocivos para los actores más débiles de la cadena, en particular los agricultores y los proveedores más pequeños. Mejorar la posición de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos, apoyar sus ingresos y garantizar una remuneración justa son objetivos importantes de la Política Agrícola Común (PAC).
 

Comisión Europea ante las prácticas comerciales desleales

La cadena de suministro de alimentos se caracteriza por diferentes grados de concentración. Si bien más del 95% de los actores de la industria alimentaria y del comercio minorista son microempresas o pequeñas empresas, en el mercado predomina un pequeño número de grandes empresas que actúan como compradores. Por el contrario, con 9,1 millones de explotaciones, el sector agrícola sigue estando muy fragmentado (siendo 17,4 hectáreas el tamaño medio de una explotación en la UE).

La Unión Europea ya ha adoptado varias medidas destinadas a abordar esta situación y garantizar una cadena de suministro agroalimentario sólida y equitativa, que permita a los agricultores y otros pequeños proveedores aprovechar los beneficios de las oportunidades de mercado. La Directiva sobre prácticas comerciales desleales entró en vigor el 1 de mayo de 2019 y exigía que los Estados miembros la transpusieran a sus legislaciones nacionales antes del 1 de mayo de 2021. En diciembre de 2022, todos los Estados miembros habían notificado su transposición completa a la Comisión. En general, la aplicación de la Directiva está ganando terreno y contribuirá a un grado cada vez mayor de protección de los agricultores y de los proveedores más débiles.

Hallazgos principales

Una gran mayoría de Estados miembros ha adoptado un nivel más alto de protección, aprovechando así la posibilidad de adoptar o mantener normas nacionales que van más allá de las prácticas prohibidas por la Directiva. Se han designado autoridades de ejecución en todos los países de la UE. En 2023, se abrieron alrededor de 1 500 investigaciones, de las cuales alrededor del 17 % dieron como resultado una infracción sancionada con una multa.

Las prácticas comerciales desleales detectadas con mayor frecuencia fueron pagos atrasados ​​de productossupermercado, comisión, prácticas, desleales   agrícolas y alimentarios perecederos o no perecederos (50% y 13%), pagos no relacionados con una transacción específica (7%), pagos solicitados al proveedor por acciones de marketing (7 %), así como para almacenar, exhibir y cotizar (7%). Alrededor del 41% de las prácticas desleales detectadas se identificaron a nivel minorista (47% en 2022), el 36% a nivel de la industria alimentaria (27% en 2022) y el 22% a nivel del comercio mayorista (25% en 2022). .

El informe de hoy también destaca áreas de mejora. La última encuesta sobre prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro de alimentos  mostró que el conocimiento sobre la existencia de normas de la UE en esta importante cuestión es todavía demasiado bajo (38% de los encuestados). Una gran proporción de los encuestados (57%) tampoco conocía las autoridades nacionales encargadas de hacer cumplir la ley.

Cuando se les preguntó por qué no denunciaron una práctica comercial desleal que habían experimentado, los encuestados indicaron principalmente temor a algún tipo de represalia por parte del comprador (30%), seguido de considerarla como una práctica común en el sector (23%) o pensar que el público la autoridad de aplicación no sería capaz de gestionarlo (17%). La aplicación transfronteriza adecuada también enfrenta todavía demasiados obstáculos en ese sentido.

Para acompañar la implementación de las reglas e intercambiar mejores prácticas, la Comisión Europea facilitó la creación de la UTP Enforcement Network. Compuesto por representantes de las autoridades nacionales encargadas de hacer cumplir la ley, ayuda a garantizar un enfoque común en relación con la aplicación de las normas y puede emitir recomendaciones.

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Compromisos de la Comisión

Como parte de sus propuestas para fortalecer la posición de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos , la Comisión propondrá este año nuevas normas sobre la aplicación transfronteriza de prácticas comerciales desleales.

La Comisión está adoptando más medidas para corregir aún más los desequilibrios en la cadena de valor. En primer lugar, la Comisión está creando el Observatorio de la cadena agroalimentaria de la UE ( AFCO )para aumentar la transparencia en materia de precios, estructura de costes y distribución de márgenes y valor añadido en la cadena de suministro. En segundo lugar, la Comisión propondrá cambios específicos en el Reglamento por el que se crea una organización común de mercados de productos agrícolas ( OCM ).Incluirá nuevas normas sobre los contratos celebrados entre agricultores y compradores y un fortalecimiento de las organizaciones de productores para permitir a los agricultores cooperar y actuar colectivamente de una manera más eficaz.

El informe de hoy también servirá para una evaluación más detallada de la aplicación de la Directiva PCD que la Comisión presentará en 2025 y que podría ir acompañada, en su caso, de propuestas legislativas.

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Prácticas comerciales desleales prohibidas a nivel de la UE

Prácticas comerciales desleales de los negros (prohibidas, cualesquiera que sean las circunstancias):

  • Pagos a más tardar a 30 días para productos agrícolas y alimentarios perecederos
  • Pagos a más tardar a 60 días para productos agroalimentarios no perecederos 
  • Cancelaciones con poca antelación de productos agroalimentarios perecederos
  • Cambios unilaterales del contrato por parte del comprador.
  • Pago por servicios no relacionados
  • Riesgo de pérdida y deterioro transferido al comprador 
  • Denegación de una confirmación escrita de los acuerdos de suministro por parte del comprador, a pesar de la solicitud del proveedor
  • Uso indebido de secretos comerciales por parte del comprador 
  • Represalias comerciales por parte del comprador 
  • Transferir los costos de examinar las quejas de los clientes al proveedor.

Prácticas comerciales desleales grises (sólo prohibidas, si no se acuerdan previamente en términos claros e inequívocos entre las partes):

  • El comprador devuelve los productos no vendidos al proveedor.
  • Pago al proveedor por almacenamiento, exhibición y listado.
  • Pago del proveedor por promoción.
  • Pago del proveedor por publicidad.
  • Pago del proveedor por comercialización. 
  • Pago al proveedor por el personal del comprador, equipamiento del local

Enlaces relacionados

Informe de la Comisión “aplicación de la prohibición de prácticas comerciales desleales para fortalecer la posición de los agricultores y operadores en la cadena de suministro agrícola y alimentario”

Documento de trabajo de los servicios de la Comisión “UTP: cuadros sinópticos sobre las opciones de transposición y las actividades de ejecución de los Estados miembros”



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