Fecha:
23 de mayo de 2023
Pregunta:
mi padre ha fallecido el año pasado en mayo en Valladolid y teníamos 27,72 hectáreas de propiedad y con alquileres antiguos en la PAC todo con derechos. Este año mi hermana y yo. Que somos los herederos hemos metido en la PAC solo las hectáreas en propiedad de mi padre que son 9 hectáreas y nos sobran 16 derechos de la región 1 que están a nombre de mi padre y las tierras también siguen a nombre de mi padre. Que documentación nos hace falta de mi padre y nuestra para vender los 16 derechos todo legalmente y no perderles.
Respuesta:
Para transmitir los derechos de la PAC tendrán que justificar que son los herederos de los mismos y, si el adquirente es titular de una explotación en Castilla y León, se tramitará la cesión de los derechos en su solicitud de ayudas, es decir, en la del comprador, donde se comunicará esta transmisión y que dependerá también de las características del comprador (si es joven o nuevo agricultor o no, si es cesión con o sin tierras, etc).
Sandra del Valle, técnico experta en PAC y ayudas
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