Fecha:
9 de diciembre de 2023
Autor de la pregunta:
Diego
Pregunta:
Somos dos hermanos agricultores, nuestra madre falleció hace un año. los derechos de la PAC, se los puso a uno de los hermanos en un contrato antes de fallecer hasta 2027. Quisiera saber si el hermano que no tiene ningún derecho de la PAC, le puede reclamar al otro la mitad de ellos.
Respuesta:
si los derechos eran de la madre y los cedió en arrendamiento al otro hermano, los derechos deben integrar la herencia y repartirlos junto con las tierras conforme testamento o los pactos entre hermanos; no obstante si el heredero no es agricultor activo al recibirlos por herencia solo puede cederlos definitivamente a un agricultor activo
Celia Miravalles, abogado
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