Si se acaba el paro ¿la seguridad social se hace cargo de una enfermedad u operación?

Autor de la pregunta:

Florencio Panchon Vara

Pregunta:

a mi hermano en octubre se le acaba el paro, no tiene trabajo ni nada,si por alguna circustancia se pone enfermo o tuviera que operarse ¿la seguridad social se hace cargo o no?

Respuesta:
 
Se pierde porque agotada la prestación contributiva y asistencial por desempleo, disponemos de una cobertura de 90 días. Agotado este periodo, el afectado o afectada debe incluirse con un familiar con el que conviva y del que dependa económicamente”, pero si eso no es posible, el único paso que debe darse entonces es el de la solicitud de asistencia sanitaria por carecer de recursos económicos”.

Quien se enfrenta a este problema o se encuentra en esta situación ha de tener claro que “la asistencia por carencia de recursos es un derecho universalizado”. Ello significa que la persona que esté en paro y sin recursos económicos podrá  acudir a los servicios de urgencias, pero no podrá ir a un especialista o tener asistencia ambulatoria. Para conseguir recuperar esa asistencia el paso que han de dar es acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social y demostrar o acreditar con documentos la falta de ingresos.

El decreto 10881989 de 8 de septiembre es el que regula y “reconoce el derecho a las prestaciones para los españoles que tengan su residencia en territorio nacional y carezcan de recursos económicos suficientes”. Para obtener el reconocimiento efectivo de ese derecho “los solicitantes habrán de acreditar las circunstancias económicas y familiares exigidas al carecer de protección sanitaria pública”.

(Fuente El Confidencial)

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