si el arrendamiento es de 1991, qué plazos tengo para terminar el contrato?

Autor de la pregunta:

Trinidad Rubio

Pregunta:

es referente a unas fincas que queremos vender pero el arrendatario nos esta poniendo muchos problemas para dejarlas y quiero saber los plazos
legales y los derechos que tengo.El arrendamiento se produjo de forma verbal en 1991 entre mi padre y el suyo ambos fallecidos. Le he comunicado la venta a el pero no me intereso el precio luego otra persona me daba mas dinero y se lo volvi a decir pero me dijo que el a ese precio no podia llegar  y a partir de eso pues no para de poner pegas. Muchas gracias.

 

Respuesta: 

El arrendamiento terminó como tal en septiembre de 2012, al alcanzar las prórrogas máximas de 21 años.  A partir de septiembre de 2012 se puede entender que existe una prórroga tácita anual del Código Civil (tácita reconducción). El Código Civil no contempla la preferencia en la compra por parte del arrendatario. En principio podría vender a cualquiera y el arrendatario no tendría derecho de tanteo y  retracto (preferencia en la compra).

Mi consejo es que le envíe por escrito de forma fehaciente (carta con acuse de recibo, burofax…) la comunicación de que la va a vender y el precio de venta, y si quiere dar por terminado el contrato en septiembre de 2014, que debe dejar libres las tierras en esa fechas.  A partir de ahí si no las deja libre tendría que desahuciarle judicialmente.

Esperamos haber sido de ayuda

* Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo mas ampliado o una consulta mas especifica de tu caso particular, puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso.

 

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