Sabéis si dan permiso para descartar conejos a nivel particular y si es así como y donde se solicita?

Autor de la pregunta:

Ildefonso Gregorio

Autorización de acciones de caza para control poblacional de conejos

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SE podrá realizar el control poblacional de conejos

a) Por daños:

  • A la salud y a la seguridad de las personas y sus bienes.
  • Para prevenir perjuicios importantes a cultivos y bosques.
  • Para proteger la flora y la fauna.

b) Por razones de control sanitario o epizootias.

c) Por desequilibrio poblacional que ponga en riesgo la viabilidad de la población, o de poblaciones de la misma o de diferentes especies de fauna o de flora con las que interactúen.

d) Cuando sea necesario por razón de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o cuando se precise para la cría en cautividad orientada a dichos fines.

El control se realizará siempre que no exista otra solución satisfactoria.

 

¿Quién lo puede solicitar?:

  • En terrenos cinegéticos: el titular o arrendatario del coto, o cualquier persona física o jurídica que actúe en representación de éstos.
  • En terrenos no cinegéticos: el propietario o concesionario de los mismos, o cualquier persona física o jurídica que actúe en representación de estos.

 

El control poblacional de conejos podrá autorizarse en cualquier época del año y se solicita en el Servicio  Territorial de Medio Ambiente de tu provincia.

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

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Puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 10), en tfo. 630903068 / 983343960, o en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

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