Fecha:
25 de junio de 2023
Pregunta:
somos herederos de 10 hectareas en Palencia desde hace Dos años 2021. Nuestra Tía falleció, las tenía arrendadas y le comunicamos al arrendatario por palabra que queríamos venderlas y se le ofreció el derecho al Tanteo, no las quiere comprar. Por lo que se comunica debía dejarlas en el 2022, no hubo negación. Llegado el año se niega y por burofax la abogada le comunicó que debería dejarlas en Setiembre 2023. Ahora con el PAC renueva 2023 y tenemos comprador. Me gustaría saber qué derechos tenemos los propietarios ante esta renovación del PAC.
Respuesta:
Lo fundamental es saber en qué año comenzó ese arrendamiento con la tia, porque al heredar las fincas el heredero se coloca en la posición del arrendador y por tanto tiene que respetar el tiempo que quede de contrato o la prórroga en vigor. Y si está en prórroga se prorrogar igualmente poder solicitar la Pac
Celia Miravalles, abogado
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