¿con cuánto tiempo avisamos al aparcero que deje las tierras?

Autor de la pregunta:

FElix

Pregunta:

Hola Celia: mi hermana y yo heredamos de nuestro padre unas tierras en el año 1986, año de su fallecimiento. Desde el año anterior tenía a medias con un aparcero algunas de esas fincas, el cual continúa hasta el día de la fecha. Sólo existe contrató verbal. Ahora queremos venderlas. ¿Con cuanto tiempo tenemos que avisarle para que deje las tierras, contando que estamos a finales de agosto? ¿ tiene el aparcero preferencia para comprarlas?
También heredamos unos pinares, algunos de los cuales están en proindiviso con mis tíos . También queremos venderlos ¿ si mis tíos no quieren comprarlos, podemos deshacer el pro indiviso para vender?
Gracias por todo

Respuesta:

A falta de este preaviso, la aparcería se prorrogará por otra rotación del cultivo y así sucesivamente mientras no se produzca el preaviso, en forma fehaciente, con el año de antelación a la terminación de cualquiera de ellas.

El aparcero tiene derecho de tanteo y retracto mientras esté vigente la aparcería

REspecto de los pinares, nadie está obligado a permanecer en proindiviso, si no hay acuerdo entre la partes, lo que procede es acudir a un juicio de división de la finca, si fuera indivisible, se tendrá que subastar y repartir entre los comuneros el dinero obtenido, con el riesgo de que el precio de la subasta sea inferior a a real o quede desierta.

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

 

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