ayer quemé un pequeño montón de maleza, vinieron los forestales, ¿me puede llegar una fuerte sanción?

Autor de la pregunta:

Alejandro Fernández Villa

Pregunta: 

Ayer estaba quemando un pequeño montón de maleza al lado de mi casa (suelo rústico) y vinieron los bomberos forestales y el guarda de Medio Ambiente.
No hubo ni el más mínimo peligro porque llevaba toda la tarde lloviendo (de hecho creí que ni ardería, salía mucho humo, mas bien vapor de agua para ser exactos  y por eso avisaron desde la torre de vigilancia). Además, estuve todo el tiempo pendiente y tengo medios para apagarlo, como mangueras, extintor, etc..
Sin embargo me dicen que muy probablemente me llegue una fuerte sanción.
Esto es así? Y en ese caso, que se podría hacer?
Muchas gracias de antemano por tu ayuda.
 

Respuesta

Para poder proceder a la quema de restos vegetales agrícolas acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, fuera de la Época de Peligro Alto (periodo de quema entre el 16 de octubre y el 31 de mayo), en los terrenos forestales y en la franja de 400 m que los rodea., hay que pedir permiso a la Junta de Castilla y León.

En otro caso se considera actividad prohibida durante todo el año la quema de rastrojos sin autorización.

Si quemaste la maleza , como así parece fuera de estos casos y sin autori será muy difícil que no te llegue sanción y de llegar también sera difícil que te quiten la multa y archiven el expediente. Si se califica la sanciónd de leve la sanción puede ser de 100 a 1.000€, si la califican de grave hasta 100.000€

Si bien se puede intentar reducir la cuantía al grado mínimo invocando los criterios de proporcionalidad y alegando que no se causaron daños al medio ambiente, que el fuego estuvo todo el tiempo controlado, que no te alejaste de allí, que tenías medios para apagarlo, etc… (haz fotografía para demostrarlo)

De todos modos hay que recordar que solo se puede quemar rastrojo en los días señalados  previa autorización mediante comunicación  para la quema de restos vegetales agrícolas acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, fuera de la Época de Peligro Alto (periodo de quema entre el 16 de octubre y el 31 de mayo), en los terrenos forestales y en la franja de 400 m que los rodea. 

 

legislación: https://www.agronewscastillayleon.com/legislacion/orden-fym5112013-de-26-de-junio-por-la-que-se-fija-la-epoca-de-peligro-alto-de-incendios

enlace a la Junta de Castilla y Léon para la autoriazación:   https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181055331/_/128419265427

 

Espero haberte sido de ayuda, un saludo Celia Miravalles (abogado Agronews)

* Recuerda que si te llega el expediente sancionador puedes pedirnos presupuesto sin compromiso para realizar el pliego de descargo y recursos.

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Puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 10), en tfo. 630903068 / 983343960, o en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

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