Unió de Pagesos de Cataluña pide al Ministerio de Agricultura que rectifique la nota interpretativa sobre los plazos del pago de la uva

Agronews Castilla y León

29 de julio de 2015

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Unió de Pagesos ha dirigido por carta a la ministra de Agricultura, Isabel García Tejerina, para comunicarle que la Nota interpretativa del Secretario General de Agricultura y Alimentación sobre los plazos de pago de la uva para vinificación no se ajusta a la legalidad vigente y que todo indica que quiere dar un trato favorable a los industriales del vino cuando compran uva para vinificación o compran vino base a las entidades asociativas del campesinado (cooperativas, SAT, …).

El sindicato le recordó a la ministra que el contenido de la Nota interpretativa que fija como primer día del cómputo para el pago «el de la finalización de la entrega de la uva», va en contra de lo establecido en el apartado 4, artículo 4, de la Ley estatal 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y que como máximo permite agrupar las facturas de las entregas de quince días en quince días. Es decir, según la ley, el cómputo para hacer el pago de la uva y del vino comienza como máximo quince días después del inicio de la entrega, para el volumen de producto entregado en ese periodo.

El sindicato también recuerda que al contrario de lo que dice la nota, la ley establece que el plazo comienza igualmente, al margen de que las denominaciones de origen, las IGP (indicaciones geográficas protegidas) u otras figuras de calidad hayan hecho en ese momento o no su «validación de la cosecha».

El sindicato ha exigido, por un lado, a la Ministra de Agricultura que tome las medidas necesarias para corregir el mensaje de la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA) a esta Nota interpretativa, que indica que presuntamente, la AICA puede ser tolerante y no actúe contra las presuntas infracciones de lo establecido en la Ley estatal 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria y, por otra parte, el propio Ministerio de agricultura omite sus obligaciones respecto a lo previsto en la legislación que establece medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales con informaciones arbitrarias.



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