Condenado a seis meses de prisión por multiplicar y reproducir ilegalmente plantas de variedades protegidas

Agronews Castilla y León

23 de junio de 2015

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Segín informa GESLIVE en su web un vecino de la localidad onubense de Moguer ha sido condenado, como autor criminalmente responsable de un delito contra la propiedad industrial, a una pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a doce meses de multa con cuota diaria de 6€.

El acusado tenía un vivero de bajura, donde realizó actos de reproducción y multiplicación masiva de plantas de la variedad de fresa “Sabrosa”, protegida por los correspondientes derechos relativos a la propiedad industrial. Lo hizo sin consentimiento o licencia concedida por el titular de los citados derechos.

Dichas plantas multiplicadas estaban destinadas a ser comercializadas entre los agricultores para su utilización en plantaciones de fresas, con la finalidad de obtener un beneficio económico.

La variedad de fresa (Fragraria por Annanasa Duch) denominada “Sabrosa”, cuyo nombre comercial es Candonga, se encuentra protegida en toda la Unión Europea a favor de la empresa Plantas de Navarra S.A., quien ha confiado la gestión, protección, representación y defensa de sus derechos a GESLIVE, una sociedad filial de la Asociación Nacional de Obtentores vegetales ANOVE que se encarga de la prestación de esta clase de servicios profesionales para la defensa de los derechos de propiedad industrial sobre plantas y variedades vegetales.

Esta sentencia, que ha sido dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Huelva y que se ha dictado de conformidad con lo interesado por todas las partes, establece que el condenado ha cometido un delito contra la propiedad industrial, que se encuentra tipificado en el artículo 274.3 del actual Código Penal.

Como consecuencia de dichas actividades ilegales se ha ocasionado un perjuicio a la sociedad PLANASA, representada por Geslive, por la cantidad de 54.125 €, a cuya indemnización ha renunciado la Entidad perjudicada, así como a la reclamación de las costas causadas a la acusación particular personada en el procedimiento.



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