
¿Cuándo le podemos quitar los herederos las tierras al arrendatario?” Éste caso ha llegado, a través del correo campocopezamora@gmail.com, hasta el consultorio que la abogada de Agronews, Celia Miravalles, mantiene en el programa que COPE Zamora, de la mano de María José Salvador, dedicada cada día de la semana al sector agrario.
Aquí tienes la respuesta en este pequeño audio y si te interesa más leerla, la tienes un poco más abajo:
¿Cuándo le podemos quitar los herederos las tierras al arrendatario?
Pregunta:
Mi madre tiene unas tierras arrendadas a un agricultor. El primer contrato lo hizo en 1988 por 4 años, el segundo contrato lo hizo en 1992 por 4 años, y el tercero lo hizo en 1996 por 4 años. No ha vuelto a hacer mas contratos pero el arrendatario ha seguido cultivando las tierras y pagando la renta año a año hasta la actualidad. En agosto de 2024 falleció mi madre y la pregunta es ¿cuando le podemos quitar los herederos las tierras al arrendatario?¿ podemos este año 2025 decirle que deje las tierras después de la cosecha?
Respuesta:
habría que ver los sucesivos contratos para comprobar si son contratos nuevos o son prórrogas del de 1988. Pero si entendemos que el valido es el último de 1996 porque se diga que anula los anteriores, ese contrato por ley seria inicialmente de 5 años con prórrogas de 3 años en 3 años, el contrato termina en octubre de 2025, por lo que tendrias que haberle avisado dejando constancia del aviso antes de septiembre de 2024, si no se hizo así tiene derecho a estar hasta el 2028