¿Qué ley se aplica a los arrendamientos rústicos?

img20210529140813 0

 

 

¿Qué ley se aplica a los arrendamientos rústicos?

 

A fecha de hoy (junio 2021)  conviven hasta 6 normativas aplicables a los arrendamientos rústicos, aunque algunas ya estén derogadas.

Y es que es muy importante conocer que la ley o norma que se aplica es la que estuviera vigente en el momento de iniciarse el arrendamiento.

Esto es todas las normas coinciden en un punto: “los arrendamientos vigentes a la entrada en vigor de cada ley se regirán por la normativa aplicable al tiempo de su celebración”; de ahí la extremada importancia de saber en que año se inició el contrato de arrendamiento, pues en función del año en que se formalice o inicie el contrato se aplicará una u otra ley. En este sentido la DT1ª LAR 2003

 

 Por ejemplo un arrendamiento iniciado en 1998 le será de aplicación la ley de 1980 con la reforma de 1995.

 

 

Normas

– la Ley de Arrendamientos Rústicos de 1980, Ley 83/1980 de 31 de diciembre. Se aplica a aquellos contratos celebrados antes de 2004.

– la reforma de la ley de 1980 operada por la ley de Modernización de Explotaciónes Agrarias de 1995, Ley 19/1995, 4 de julio: se aplica a los contratos celebrados entre julio de 1995 y mayo de 2004

– La ley de Arrendamientos Rústicos de 2003, ley 49/2003 de 26 de noviembre: se aplica a los contratos celebrados entre mayo de 2004 y enero de 2006

– y la reforma de esta ley operada por la ley de 26/2005, de 30 de noviembre: se aplica a los contratos celebrados a partir de enero 2006

– la reforma del art. 13.2 de la Ley 49/2003, por la Ley 272015 de 30 marzo de desindexación de la economía española: se aplica a contratos celebrados a partir del 1 de abril de 2015

– El Código Civil (art. 1546 y ss): se aplica a todos aquellos arrendamientos rústicos a los que no se pueden aplicar las leyes especiales de arrendamientos rústicos.

 

 

Contrato de arrendamiento de fincas de secano y derechos PAC

 

Libros recomendados

 

Guía Práctica de Arrendamientos rústicos https://amzn.to/3gFwegs

 

Comentarios a la Ley de Arrendamientos rústicos: https://amzn.to/31k7dSm

 

Mejoras en los arrendamientos rústicos: https://amzn.to/2YoXmJ1

 

La aparcería agrícola. Regulación legal y su evolución histórica https://amzn.to/3lciThB

 

 

Si te ha sido útil esta entrada y quieres contribuir sin coste alguno por tu parte al mantenimiento del blog te agradezco que lo hagas de forma totalmente gratuita para ti, haciendo clic en el enlace publicitario.

 

Celia Miravalles, abogado

 

Si te pareció interesante este post, no dudes en compartirlo, puede que a otros también se lo parezca y les sirva de ayuda.

Y si quieres déjanos tus comentarios más abajo.

Te invito a suscribirte al blog, estarás informado de la publicación de los nuevos artículos.

 

Y puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales, para la realización de gestiones, redacción de escritos o defensa en juicio en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 10), en tfo.630 90 30 68 / 983343960, o en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

 

Si necesitas algún documento legal agrario puedes adquirirlos en nuestra tienda on line: Los documentos y formularios más útiles para el derecho agrario: http://tienda.agronewscastillayleon.com/

Blog de Celia Miravalles

Deja un comentario

Share This