Publicada la Orden que establece las bases reguladoras de las ayudas para programas de información y promoción de productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países

Agronews Castilla y León

30 de agosto de 2014

10304561 701919889843855 1253006567424199976 n 0

A través de la Orden AAA/1548/2014, de 28 de agosto, se han publicado hoy, 30 de agsoto, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las bases reguladoras de las ayudas para programas de información y promoción de productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países.

1) Podrán ser objeto de ayuda las acciones, en el marco de un programa, que se indican a continuación:

a) acciones de relaciones públicas, promoción y publicidad que se destinen, en particular, a destacar las características intrínsecas y las ventajas de los productos comunitarios en lo referente a la calidad, la seguridad de los alimentos, los métodos de producción específicos, los aspectos nutricionales y sanitarios, el etiquetado, el bienestar de los animales y el respeto del medio ambiente

b) campañas de información, en particular sobre los regímenes comunitarios aplicables a las denominaciones de origen protegidas (DOP), las indicaciones geográficas protegidas (IGP), las especialidades tradicionales garantizadas (ETG) y la producción ecológica, así como otros regímenes comunitarios relativos a las normas de calidad y al etiquetado de los productos agrícolas y alimenticios, y los símbolos gráficos establecidos en la legislación comunitaria aplicable;

c) campañas de información sobre el régimen comunitario de los vinos con denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida, los vinos con indicación de la variedad de uva de vinificación y las bebidas espirituosas con indicación geográfica protegida;

d) estudios de evaluación de los resultados obtenidos con las acciones de información y de promoción.

2. En el mercado interior, las medidas anteriores, podrán incluir campañas de información sobre el consumo responsable de alcohol y los problemas asociados con su consumo peligroso.
En el mercado interior las acciones subvencionables podrán consistir también en la participación en salones, ferias y exposiciones de importancia nacional o europea, mediante el montaje de puestos que se destinen a valorizar la imagen de los productos comunitarios.

3. En terceros países, las acciones mencionadas podrán adoptar también la forma siguiente:

a) acciones de información sobre el régimen comunitario aplicable a los vinos de mesa;
b) participación en salones, ferias y exposiciones de importancia internacional, especialmente mediante puestos destinados a valorizar la imagen de los productos comunitarios;
c) estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales;
d) misiones comerciales de alto nivel.

4. Los mensajes de información y promoción se basarán en las cualidades intrínsecas del producto de que se trate o en sus características. Deberán tenerse presentes las diferencias entre los programas orientados hacia el mercado interior y los orientados hacia terceros países,

5. El programa tendrá una duración mínima de un año y máxima de tres

La Orden completa: https://www.agronewscastillayleon.com/sites/default/files/docs/legislation/boe-a-2014-9003.pdf



Share This