
«¿Tiene preferencia el rentero ante la compra de una finca rústica?» Éste caso ha llegado, a través del correo campocopezamora@gmail.com, hasta el consultorio que la abogada de Agronews, Celia Miravalles, mantiene en el programa que COPE Zamora, de la mano de María José Salvador, dedicada cada día de la semana al sector agrario.
Aquí puedes escuchar la respuesta:
«¿Tiene preferencia el rentero ante la compra de una finca rústica?»
Pregunta:
Soy arrendatario de una finca rústica de menos de 1 hectárea, el arrendador me comunica su intención de vender la finca pero hay también un lindero interesado en la compra, ¿Quién tiene preferencia de compra, yo como arrendatario o él como lindero si su finca (colindante) es superior a 1 hectárea?
Respuesta:
la ley de arrendamientos rústicos señala que es preferente el arrendatario en caso de venta con una excepción: si la finca que se vende (la arrendada) es menor de 1 ha y la finca del colindante es también menor de una hectárea es preferente el colindante en caso de venta; por tanto en este caso si la del lindero es mayor de una hectárea tiene preferencia el oyente













