Más de 45 000 profesionales tienen en Aragón el correspondiente carné de manipulador de productos fitosanitarios

Agronews Castilla y León

4 de enero de 2017

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Aragón cuenta con más de 45 000 usuarios profesionales con formación específica para la utilización de productos fitosanitarios. Todos ellos cuentan con su correspondiente carné y la autorización oportuna para el manejo de estos productos

En 2016, el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, ha impartido 349 cursos de formación de los que han salido 6085 nuevos profesionales acreditados, 4850 de carácter básico, 1219 cualificados y 16 fumigadores.
Con este número, son ya cerca de 24 000 los profesionales formados desde el año 2013, ya que en septiembre de 2012 un real decreto sobre el uso sostenible de los productos fitosanitarios establecía que a partir de noviembre de 2015 los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberían estar en posesión de un carné que acreditase los conocimientos apropiados para ejercer su actividad. Desde esa fecha se han impartido en Aragón 1136 cursos en tres niveles de capacitación (básico, cualificado y fumigador).
Antes de la entrada en vigor de esta normativa ya existían cerca de 22 000 carnés vigentes cuyos titulares, en todo caso, tendrán actualizar su autorización antes de que caduque.
La utilización y comercialización de productos fitosanitarios bajo una perspectiva de sostenibilidad y racionalización en su uso es un objetivo tanto de la administración comunitaria, como de la estatal o autonómica. En todas las normativas al respecto destaca, por su importancia, la necesidad de que los usuarios de estos productos tengan una adecuada formación y conocimiento de las características y riesgos inherentes a su manipulación.

Registro y formación obligatorios

Sendas órdenes de abril de 2013 del consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente regulan, por una parte, el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitarios” y establecen, por otra, las normas de homologación de los cursos y los requisitos de formación de los usuarios profesionales, vendedores y personal auxiliar que manejen estos productos.
De esta manera, el registro, en el que deben figurar obligatoriamente todos los operadores, se estructura en cuatro secciones, que se corresponden con cada uno de los grupos de actividades definidos en el real decreto: sector suministrador (fabricación, comercialización, distribución y logística); sector de tratamientos fitosanitarios (prestación de servicios de aplicación y aplicación de productos fitosanitarios con carácter industrial y por cuenta propia); sector de asesoramiento fitosanitario; y sector de uso profesional (usuarios profesionales)
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La orden sobre formación recuerda que “los usuarios profesionales y quienes manipulen productos fitosanitarios deberán cumplir los requisitos de capacitación establecidos por la normativa vigente, en función de las categorías o clases de peligrosidad de los productos fitosanitarios” y que por ello se adoptan “las medidas necesarias relativas a la formación de los usuarios de los productos fitosanitarios, extendiéndola a los aspectos más novedosos, particularmente a la vigilancia y el cumplimiento de la prevención de los riesgos laborales y a la gestión de los residuos de los envases”.
A continuación, establece cuatro niveles de cualificación y formación:
  • Básico: para el personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos, incluyendo los no agrícolas, y los agricultores que los realizan en la propia explotación sin emplear personal auxiliar y utilizando productos fitosanitarios que no sean ni generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expiden para el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.

  • Cualificado: para los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres, incluidos los no agrícolas, y para los agricultores que realicen tratamientos empleando personal auxiliar. También se expiden para el personal que interviene directamente en la venta de productos de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos.

  • Fumigador: para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado.

  • Piloto aplicador: para el personal que realice tratamientos fitosanitarios desde o mediante aeronaves.

En la actualidad existen en la comunidad autónoma 43 empresas homologadas para impartir formación, de las cuales 38 pueden hacerlo para nivel de capacitación cualificado y una para el nivel fumigador. Todas ellas pueden impartir el nivel básico.
Tabla resumen
AÑO CURSO CARNÉS EXPEDIDOS
BASICO CUALIFICADO FUMIGADOR BASICO CUALIFICADO FUMIGADOR
2013 66 105 0 1270 2836 0
2014 163 248 0 3023 7147 0
2015 121 82 2 2040 1526 34
2016 284 64 1 4850 1.19 16
TOTALES 634 499 3 11 183 12 728 50


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