La Unión denuncia que la Junta de Extremadura, «con nocturnidad y alevosía», ha subido un 50% los impuestos de Transmisiones Patrimoniales a los agricultores

Agronews Castilla y León

2 de noviembre de 2018

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La Unión denuncia que la Junta de Extremadura, «con nocturnidad y alevosía», ha subido un 50% los impuestos de Transmisiones Patrimoniales a los agricultores

La Ley 19/1995 de 4 de julio establece unos beneficios fiscales a aquellos agricultores profesionales que sean titulares de una explotación prioritaria. Estos tienen una bonificación de un 75% en el impuesto de transmisiones patrimoniales por compra de tierra.

Hasta la fecha, aseguran desde la organización agraria en un comunicado de prensa, tanto en Extremadura como en el resto de España, se consideraba que tenían derecho a esta bonificación las explotaciones familiares en la que uno de sus miembros fuese explotación prioritaria, con independencia de la calificación del otro cónyuge o pareja.

Esta filosofía se está aplicando en toda España excepto en Extremadura, critican desde La Unión,donde la Consejería de Hacienda ha remitido una circular a las Oficinas de Recaudación Tributaria por las que les informa que a partir de la fecha, solo tendrá la bonificación la adquisición por compra de tierra el cónyuge que cumpla el requisito de titular de explotación prioritaria, cobrando la totalidad del impuesto al cónyuge o pareja del mismo que no cumpla este requisito, rompiendo la filosofía de la explotación familiar.

Con esta nueve aplicación de las normas, los agricultores profesionales van a pagar alrededor de 630 € por hectárea de regadío y 360 € por secano más, que con la anterior aplicación de la legislación.

La Unión Extremadura ha solicitado una reunión urgente a la Directora General de Recaudación Tributaria de la Junta de Extremadura para que explique esta subida brutal de impuestos a los agricultores.

Ademñas, aconsejan a todos los agricultores profesionales que en estos días vayan a formalizar escrituras de compraventa de tierras, que se acojan ambos cónyuges o parejas a la exención del 75% del impuesto y cuando reciban la propuesta de liquidación provisional que se asesoren para interponer el correspondiente Recurso ante el Tribunal Económico Administrativo de Extremadura, ya que entienden s que esta subida de impuestos es ilegal, y el ejemplo es que con la misma Ley, sólo se ha subido el impuesto en la citada región.



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