La Junta de Castilla y León matiza que la sentencia del TSJ sólo anula la medida sexta del Acuerdo 78/2016 sobre el control del topillo campesino

Agronews Castilla y León

24 de noviembre de 2018

quema suelos rastrojo

La organización ecologista WWF remitía ayer, 23 de noviembre, un comunicado de prensa en el que se aseguraba “La Justicia prohíbe las quemas de linderos agrícolas, en Castilla y León, como medida contra el topillo”, sin embargo esa información ha sido matizada por la Junta de Castilla y León.

[[{«fid»:»43327″,»view_mode»:»media_original»,»type»:»media»,»attributes»:{«height»:587,»width»:1020,»style»:»width: 728px; height: 419px; border-width: 1px; border-style: solid; margin: 5px; float: left;»,»class»:»media-element file-media-original»}}]]Así fuentes del Ejecutivo regional aseguran que la sentencia solamente anula la medida sexta del Acuerdo 78/2016, es decir anula «la quema de rastrojos en las parcelas de las explotaciones agrarias, o de barbechos, perdidos y otros tipos de reservorios próximo» pero mantiene, y recalcan este tema, la medida tercera del mismo que contempla «La limpieza de la cubierta vegetal en las vías de dispersión (cunetas, lindes, regatos, desagües,…)» y en la que mantiene la posibilidad que sea a través de quemas controladas: «En los casos en que las medidas fitosanitarias, o las actuaciones que las faciliten, implicasen el uso del fuego, su ejecución se realizará según las medidas de seguridad y minimización de riesgos ambientales exigibles»

Para concluir, aseguran desde la Junta de Castilla y León, que el resto de los actos recurridos les han sido desestimados



Share This