La Consejería de Agricultura sigue «luchando» contra los topillos

Agronews Castilla y León

15 de marzo de 2014

topillos adrian jimenez

La Consejería de Agricultura y Ganadería sique aplicando las medidas aprobadas el pasado 8 de enero de 2014 por la Comisión de roedores y otros vertebrados del Comité Científico de Lucha contra las Plagas Agrícolas de Castilla y León y, a la vista de los informes de evolución de las poblaciones de topillo, entre las que se incluían: continuar e intensificar las tareas de limpieza de cubierta vegetal en las vías de dispersión, acometiéndolas mediante las quemas previstas en cuanto los condicionantes climáticos así lo permitieran y reforzando la actividad mediante el uso de motoniveladoras, y proceder a la lucha química con rodenticida para combatir las colonizaciones en el interior de las parcelas de cultivo una vez estas hubieran sido sembradas.

Esta última medida, se recuerda desde la Administración Regional en un comunicado de prensa, el tratamiento bajo control oficial con productos rodenticidas, es una de las recogidas expresamente en el artículo 5 del Real Decreto 409/2008, de 28 de marzo, por el que se establece el programa nacional de control de las plagas del topillo de campo. La ejecución de estas medidas, de acuerdo con este decreto, corresponde a los titulares de terrenos agrícolas afectados por las poblaciones anómalas de topillo campesino.

La utilización de productos rodenticidas por los titulares de los terrenos, como medida de lucha fitosanitaria contra las poblaciones anómalas de topillo, está permitida por la normativa en vigor siempre que se cumplan los condicionantes establecidos por la legislación, en especial el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, así como las exigencias derivadas de la Directiva de Ejecución 2011/48/UE de la comisión, haciendo a los citados titulares de terrenos los únicos responsables de la correcta aplicación de las medidas fitosanitarias establecidas.

Por dicha razón, al igual que sucede con la aplicación de otros productos fitosanitarios similares, desde la Consejería de Agricultura y Ganadería y así lo recuerda en un comunicado de prensa, se está haciendo especial hincapié en informar y recordar a los titulares de terrenos que vayan a aplicar el producto, lo que la normativa estatal y europea establece respecto a la cualificación necesaria para aplicar el mismo, la forma de aplicación, manipulación, transporte y almacenamiento del producto utilizado así como las responsabilidades en las que pueden incurrir en el caso de mala utilización del mencionado producto.

El uso de este tipo de rodenticida, para garantizar su efectividad, solo está recomendado a partir del tercer día desde el último episodio de lluvia por ese motivo se ha comenzado su reparto cuando las condiciones climatológicas lo han permitido. Este reparto se hace única y exclusivamente para su uso en parcelas muy específicas ubicadas en zonas muy concretas de las comarcas agrarias de Arévalo, en Ávila, Campos, en Palencia, Peñaranda de Bracamonte, en Salamanca, Cuéllar, en Segovia, Sur, en Valladolid, Campos-Pan y Duero Bajo, ambas en Zamora.

También durante este mes de marzo, se están volviendo a remitir a los agricultores, a través de las juntas agropecuarias locales, una serie de recomendaciones para la prevención y el control de riesgos asociados al topillo campesino.



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