Firman un convenio para agilizar los trámites administrativos en la cuenca del Duero

Agronews Castilla y León

2 de diciembre de 2013

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El consejero de Fomento y Medio Ambiente, Antonio Silván, la consejera de Agricultura y Ganadería, Silvia Clemente, y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), José Valín, han firmado esta mañana un protocolo de colaboración que tiene por objeto la coordinación institucional para mejorar la atención al ciudadano garantizando la simplificación y agilización de los procedimientos administrativos la cuenca del Duero.

Actuaciones en cauces públicos

El protocolo servirá para agilizar los procedimientos relativos a obras que realicen ambas consejerías en cauces públicos u otros elementos del dominio público hidráulico y en zona de policía de cauces públicos, incluidos los referentes a obras realizadas con motivo de concentraciones parcelarias, cuya gestión corresponda a la Confederación Hidrográfica del Duero.

Para la ejecución de estas intervenciones, las consejerías remitirán a la CHD, con periodicidad al menos anual, los planes que incluyan las previsiones de obras que pretenden acometer. La CHD emitirá informe en el plazo de 30 días, con una única prórroga por otros 30 días; si dicho plazo se excede se podrán proseguir las actuaciones. La importancia de esta prescripción radica en que compromete plazos para emitir los informes preceptivos e indica que pueden proseguirse las actuaciones si dichos plazos se sobrepasan.

En cauces públicos y en su zona de policía afectados por concentraciones parcelarias, se establece un procedimiento especial: para la elaboración del estudio técnico previo o para la continuación de procesos que ya dispongan de declaración de utilidad pública, la Consejería de Agricultura y Ganadería solicitará a la CHD la información necesaria para conocer los elementos del dominio público hidráulico de la zona.
En caso de que se haya previsto la ejecución de obras en dominio público hidráulico, antes de la aprobación del proyecto de concentración bastará con someter a informe previo de la CHD la documentación que describa las obras; en dicho informe se definirán los condicionantes, lo que sirve para establecer las determinaciones que deberá cumplir el proceso de concentración. Una vez redactados los proyectos definitivos, se remitirán de nuevo a la CHD para informe de comprobación de cumplimiento de dichos condicionantes; si el informe no es emitido en plazo se entenderá que no existe inconveniente para ejecutar los proyectos. De esta forma, por un lado, se establecen plazos para emitir los informes y, por otro, se establece que las actuaciones pueden proseguirse si dicho informe no es emitido en plazo, lo que agiliza y facilita considerablemente el proceso.

Obras de desarrollo y modernización de regadíos

En el caso de obras de especial trascendencia y que supongan alteración sustancial del cauce, como por ejemplo, las obras de construcción de presas, el protocolo establece un plazo de seis meses para resolver solicitudes de autorización y de dieciocho meses para las concesiones, siempre y cuando la documentación necesaria esté completa. La CHD se compromete asimismo a emitir, en el plazo máximo de dos meses, un informe previo sobre los anteproyectos que se presenten. Dicho informe no presupone directamente la autorización, ya que ésta depende de la tramitación ambiental, pero ofrece considerables garantías de que la actuación estará desarrollándose en conformidad.

En lo que se refiere a obras de modernización de regadíos que ya cuentan con concesión pero contienen actuaciones que deban ser autorizadas por la CHD y, siempre y cuando estas actuaciones no modifiquen las condiciones de la concesión, ésta se compromete a emitir informe en el plazo de 30 días.

Estas determinaciones establecen plazos para la emisión de informes por parte de la CHD y facilitan la agilidad en la tramitación de obras para la construcción de presas y desarrollo de regadíos, que en ocasiones resulta dificultosa por la complejidad de las intervenciones y sus afecciones ambientales.
Plan Director de Lucha contra Plagas Agrícolas

En cuanto a las actuaciones vinculadas al Plan Director de Lucha contra Plagas Agrícolas que afecten a cauces públicos y en su zona de policía, se establece que la Consejería de Agricultura y Ganadería remitirá a la CHD la programación anual de aquellas actividades que puedan afectar a las aguas y a la vegetación y fauna autóctonas, para informe previo; si dicho informe no es emitido en 30 días podrán proseguir las actuaciones.

Si existe la necesidad de realizar actuaciones fuera de la programación anual, por ejemplo, intervenciones extraordinarias para controles poblacionales, será suficiente informar a la CHD en un plazo mínimo de 30 días; la CHD emitirá informe que incluirá los condicionantes necesarios. Si el informe no se emite en 30 días podrán proseguir las actuaciones; si la intervención se considera urgente, el plazo se reduce a 10 días.

Estas determinaciones imponen plazos para emisión de los informes y establecen que pueden proseguirse las actuaciones si los plazos son superados. Además, se establece que, en caso de especial urgencia, el plazo para emitir el informe se reduce a tan solo 10 días. Los criterios que establece el protocolo permiten así, agilizar las actuaciones de control de plagas, especialmente en caso de urgencia.

Labores silvícolas y forestales e instrumentos de planeamiento urbanístico

En el caso de las obras o labores silvícolas o forestales o cortas que realice la CHD sobre cauces públicos sometidas a algún tipo de condicionante medioambiental que requiera autorización o informe previo de los órganos ambientales de la Junta se sustituye el informe individual por un informe genérico, a nivel provincial o regional, sobre los planes anuales que remitirá la CHD. Se trata de un informe detallado sobre posible alteración del ecosistema respecto a la masa de agua, indicando si la obra está dentro o no de zona LIC o ZEPA, entre otras indicaciones. La Consejería de Fomento y Medio Ambiente emitirá el informe genérico indicado en el que se establecerán los condicionantes ambientales y la CHD realizará una comunicación previa al inicio de cada obra o proyecto con una antelación mínima de 30 días.

Respecto a los instrumentos de planeamiento urbanístico, se podrá utilizar la información y cartográfica sobre dominio público hidráulico, zonas inundables, entre otras, en las bases de datos públicas de la CHD y del MAGRAMA.

Evaluación de planes y programas y autorizaciones ambientales

En cuanto a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y la evaluación de impacto ambiental de proyectos en las actuaciones que promueva la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, la CHD remitirá los informes oportunos en el plazo más breve posible. En las evaluaciones de impacto ambiental de proyectos promovidos por la CHD, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente proporcionará la información en un plazo de 10 días.

En el apartado de autorizaciones ambientales en las que la CHD debe emitir informe preceptivo y vinculante así como en aquellas en los que las instalaciones efectúen vertidos indirectos a cauces públicos se establece un procedimiento basado en el intercambio de información que agilice la tramitación. La Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la CHD establecerán un procedimiento de colaboración para el desarrollo de inspecciones.

En relación con las especies exóticas invasoras se promoverá la actuación coordinada, comunicación bidireccional y se establecerá una metodología y sistemática común de recopilación de datos para tomar medidas más eficaces.

Colaboración mutua, educación ambiental y participación ciudadana

Con la firma de este acuerdo se impulsará la colaboración entre los agentes medioambientales de la Junta y el servicio de guardería fluvial de la CHD con el fin de garantizar la protección del medio ambiente, a través de reuniones periódicas en cada una de las provincias que permitan promover acciones conjuntas. Se contempla la colaboración y asistencia mutua de las partes en la realización de estudios, redacción de anteproyectos y proyectos así como el apoyo en la dirección técnica, y en las obras sin perjuicio de la supervisión de dichos trabajos por el organismo responsable titular de la actuación.

La CHD y la Consejería de Fomento y Medio Ambiente colaborarán en materia de educación ambiental y participación ciudadana de voluntariado ambiental y especialmente en los ecosistemas acuáticos, espacios naturales vinculados a la Red Natura 2000, especies exóticas e invasoras, acceso a la información ambiental, formación, información y sensibilización de los ciudadanos en la conservación de los ecosistemas. Ambas instituciones promoverán el intercambio de conocimientos del personal técnico realizando actividades conjuntas.

La CHD y la Consejería de Agricultura y Ganadería impulsarán acciones conjuntas para fomentar la constitución de comunidades de regantes en aguas subterráneas. El protocolo establece asimismo las actuaciones precisas para la exención del pago de tasas entre las administraciones firmantes respecto al uso del dominio público, así como la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de derecho público. Se impulsarán las actuaciones para agilizar la tramitación de determinados procedimientos impulsado la simplificación, supresión, reducción y racionalización de trámites favoreciendo las comunicaciones telemáticas en determinadas actuaciones.

Control de las masas de agua

Respecto a las labores silvícolas realizadas por la Junta en el entorno de las masas de agua, se remitirá anualmente una relación de las actuaciones planificadas en los diversos cauces de la cuenca; la CHD emitirá un informe sobre las especificaciones que deberán cumplir las actuaciones. Será suficiente una comunicación previa con una breve descripción de los trabajos a realizar y de su ubicación con un plazo de antelación de al menos 15 días.

Se establecerán los mecanismos necesarios para lograr un mayor grado de coordinación en la planificación y ejecución en los muestreos biológicos para el seguimiento del estado de las masas de agua. No será necesaria autorización para la realización de los muestreos siendo suficiente una comunicación previa con 10 días de antelación mínima. Se realizarán reuniones de coordinación y se procurarán redes de control con el mayor número de puntos de muestreo coincidentes. Respecto a muestreos biológicos en lagos y humedales temporales se establecerá un contacto permanente entre la CHD y los Servicios Territoriales de Medio Ambiente cuando la masa de agua se encuentre en un espacio natural protegido para optimizar el momento del muestreo.

En cuanto al control de la actividad agraria sobre el estado de las masas de agua, la CHD remitirá anualmente los diagnósticos realizados a partir de la información recogida en las campañas de muestreo periódicas correspondientes a las diferentes redes de control de calidad de las aguas señalando los incumplimientos detectados en los diferentes puntos de muestreo. Por su parte, la Consejería de Agricultura y Ganadería promoverá la aplicación de buenas prácticas agrarias en el uso de productos fitosanitarios y fertilizantes orgánicos e inorgánicos así como la adopción de las medidas correctoras de los incumplimientos detectados remitiendo un informe anual a la CHD.

El protocolo establece la creación de una comisión de seguimiento, mixta y paritaria, para impulsar y coordinar las acciones para el desarrollo del mismo, elevar las propuestas que se estimen necesarias y conocer cuantas cuestiones e incidencias puedan surgir. Estará formada por el delegado de Gobierno (o persona en la que delegue), tres representantes de la CHD y cuatro representantes de la Junta de Castilla y León.



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