Fijados distintos importes unitarios de ayudas ganaderas de la PAC 2013

Agronews Castilla y León

23 de noviembre de 2013

maíz

A partir de la información recibida de las Comunidades Autónomas, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha calculado los importes unitarios, provisionales en el caso de las vacas nodrizas, de determinadas ayudas ganaderas

Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector caprino,

Para el cálculo del importe unitario de esta ayuda hay que tener en cuenta que existe un límite presupuestario para la campaña 2013 de 4.400.000 €, a repartir entre 1.004.680 cabras comunicadas por las Comunidades Autónomas, resulta un importe unitario de 4,37950392 €/animal.
En comparación con la pasada campaña 2012, se observa ligero descenso de esa cuantía para la presente campaña, debido en primer lugar a que la dotación presupuestaria para esta ayuda fue de 4.700.000 €, y además se notificaron menos animales animales con derecho a pago, 970.396

Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los ganaderos del vacuno de leche

El límite presupuestario que hay para esta partida es de 53.400.00 €, mientras que los animales con derecho a pago son 683.880, según los datos comunicados por las Administraciones regionales.

Esta dotación presupuestaria se distribuye en cuatro límites función del tipo de zona en que esté ubicada la explotación y de la disposición de superficie forrajera para alimentación de ganado, de manera que se dispone de 17.100.000 € para las explotaciones ubicadas en zonas de montaña y zonas con dificultades específicas, de 18.400.000 € para las explotaciones ubicadas en otras zonas desfavorecidas distintas a las de montaña afectadas por desventajas naturales, de 4.500.000 € para el resto de zonas y de 13.400.000 € para la ayuda complementaria por disponer de base territorial para la alimentación del ganado.

Teniendo en cuenta que de acuerdo con el Real Decreto citado en el primer párrafo esta ayuda se distribuye en función del tipo de zona en que esté ubicada la explotación y se concede por estratos, de modo que las primeras 40 cabezas de una explotación recibirán el importe unitario completo y de 41 a 100 cabezas percibirán un 80% de la ayuda especifica. Se ha fijado el importe unitario en 79,41911651 €/animal para las explotaciones ubicadas en zonas de montaña y zonas con dificultades específicas, en 67,37799274 €/animal para las explotaciones ubicadas en otras zonas desfavorecidas distintas a las de montaña afectadas por desventajas específicas y en 28,53761829 €/animal para el resto de zonas.

Del total deanimales con derecho a pago, 394.838 animales se encuentran en explotaciones con derecho a la ayuda complementaria por disponer de base territorial para la alimentación del ganado
productor de leche. Teniendo en cuenta que en estas explotaciones las primeras 40 cabezas recibirán la ayuda complementaria completa y de 41 a 100 cabezas percibirán un 70% de la misma, se ha fijado el importe de dicha ayuda complementaria en 36,35001374 €/animal.

Ayudas para compensar las desventajas específicas a los ganaderos que mantienen vacas nodrizas

Existen 1.730.066 animales con derecho a percibir el pago de esta ayuda que cuenta con un límite presupuestario de 47.966.00 euros

Estos importes se concede por estratos, de modo que las primeras 40 cabezas de una explotación recibirán el importe unitario completo, de 41 a 70 cabezas percibirán dos tercios del importe unitario, y de 71 a 100 cabezas percibirán un tercio del mismo, se ha fijado el importe unitario en 32,23139552 €/animal.

En la campaña 2013, los pagos deberán realizarse a partir del 1 de diciembre de 2013. Aquellas Comunidades que efectúen un primer pago de esta ayuda con dicho importe unitario provisional, este pago no podrá superar el 80% del total a pagar.

Antes del 1 de marzo de 2014, las comunidades autónomas remitirán de nuevo al FEGA, los datos definitivos correspondientes a las solicitudes aceptadas para el pago de la ayuda para compensar desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas, a efectos del establecimiento de un importe unitario definitivo a aplicar tanto a los pagos pendientes de la ayuda, como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional arriba mencionado.



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