El TSJ aprueba las medidas cautelares ante la resolución para flexibilizar el saneamiento ganadero en Castilla y León

José Ignacio Falces

5 de junio de 2023

maíz

La Justicia sigue cumpliendo etapas en la polémica situación que vive el saneamiento ganadero en Castilla y León.

Hoy, 5 de julio se ha conocido la decisión de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de acordar la medida cautelar consistente en la suspensión de la aplicación de la Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se desarrollan determinados aspectos de los programas nacionales de enfermedades de los rumiantes.

Además, insta a que esta decisión sea publicada a la menor brevedad en el BOCyL.

(resolución TSJCYL) Sala CA TSJCyL - Auto - PO 469.2023

Recordar que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación presentó, el pasado 23 de mayo, un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León contra la resolución autonómica de 10 de mayo, por considerar que fijaba un marco normativo más laxo que contraviene la legislación europea y frente al inevitable riesgo de dispersión de la enfermedad a nuevas zonas, explotaciones y animales.

Consideraba la abogacía del Estado que la aplicación de la resolución de Castilla y León pone en riesgo de contagio no solo a las explotaciones libres de tuberculosis de Castilla y León (ubicadas en las provincias de Valladolid, León y Burgos, declaradas oficialmente libres de infección de tuberculosis bovina por la CE), sino a las del resto del territorio de España y de la UE. Adicionalmente, la Comisión Europea, tras tener conocimiento de la resolución autonómica, ha urgido al Gobierno de España a tomar medidas para poner coto a la propagación de la tuberculosis bovina.

La resolución autonómica establece una reducción unilateral de los controles y requisitos para la concesión, mantenimiento, suspensión, retirada y recuperación del estatus de explotación libre de tuberculosis bovina. De esta forma, permite movimientos de animales expresamente prohibidos:

  • al eximir a las explotaciones de las pruebas de movimiento obligatorias para evitar que la enfermedad se propague
  • al permitir salidas desde explotaciones, con la calificación sanitaria suspendida o retirada, según la normativa comunitaria, a explotaciones calificadas como libres de la enfermedad
  • al relajar los requisitos de las explotaciones afectadas por esta enfermedad animal infecciosa para la obtención de la calificación sanitaria de libre de tuberculosis bovina.

Ya el pasado jueves, 1 de junio, la Junta de Castilla y León aseguraba que iba a no presentar recurso alguno ante la petición del Ministerio de Agricultura asegurando que con esta medida se volvía, a la espera de lo que decida de forma definitiva el TSJCyL, a la situación previa a la que se vivía en la región desde el 29 de mayo cuando el MAPA prohibía cualquier movimiento de ganado bovino en la región, circunstancia que estaba perjudicando claramente a los ganaderos.

Sin embargo, pese a no recurrir esa cautelares, desde el Ejecutivo Autonómico se aseguraba que se iba a seguir trabajando en la flexibilización de las medidas destinadas al saneamiento.



Share This