
El Consejo Regulador de la DOC Rioja ha publicado las normas de obligado cumplimiento en el traslado de mostos y movimientos de vinos durante la vendimia
documento completo:2018_105_03414_c.pdf
Según las Normas para la Calificación de los vinos con derecho a la Denominación, los operadores no pueden efectuar ningún traslado de mosto o de vino de la añada 2018 hasta que no se haya efectuado la Declaración de la Cosecha y obtenido el resultado de la verificación de la calificación.
Sin embargo, atendiendo a las especiales características de la elaboración de vinos blancos y rosados, el Consejo Regulador, en los casos que haya una justificación técnica determinada, autoriza todos los años puntualmente el traslado de mostos blancos y rosados. Para ello, debe solicitarse por escrito la autorización de traslado y la justificación técnica del mismo, siendo obligatorio llevar una copia de dicha autorización en el vehículo que realice el transporte.