
El Boletín Oficial del Estado de hoy, 16 de abril, publica el Real Decreto que modifica los límites presupuestarios y cuantitativos de la ayudas asociada al vacuno de leche correspondiente a 2015
Real Decreto completo: boe-a-2016-3651.pdf
La elección del vacuno de leche como sector objeto de estas ayudas asociadas, se acordó en base a la necesidad de una ayuda acoplada que minore el riesgo de abandono del sector, garantizando la rentabilidad de la producción, con una consideración especial a las zonas más vulnerables, las zonas de montaña e insulares.
[[{«fid»:»27044″,»view_mode»:»media_original»,»type»:»media»,»attributes»:{«height»:205,»width»:713,»style»:»width: 500px; height: 144px; border-width: 5px; border-style: solid; margin: 5px; float: left;»,»class»:»media-element file-media-original»}}]]Sin embargo, tras el primer año de vigencia del régimen de ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche, se ha constatado que la realidad actual de la cabaña ganadera ha experimentado una sensible desviación respecto de las estimaciones consideradas para el dimensionamiento de la ayuda en su diseño inicial. Dicha desviación no se debe a una evolución del censo de animales fuera de lo previsto, sino al reparto de dicho censo entre las dos diferentes regiones consideradas en el diseño de la ayuda, motivado por las modificaciones realizadas por las Comunidades Autónomas en la designación de sus zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, que no han sido tenidas en cuenta en el momento de establecer las cuantías y los límites cuantitativos de animales. Este desajuste es especialmente evidente en las zonas de montaña y produce una importante distorsión en los objetivos para los que fueron diseñadas estas ayudas, pues hace que se igualen prácticamente las intensidades de apoyo en una y otra línea de ayuda, resultando que el importe unitario percibido por una vaca en la región peninsular resultaría casi idéntico al percibido por una vaca en zona de montaña o región insular.
En concreto, y respecto de los datos tenidos en cuenta en su momento (últimos disponibles a la hora de tramitar el entonces proyecto de real decreto), en la región insular y zonas de montaña, para el ganado vacuno, de 206.215 animales (primeros 75 animales), se ha pasado finalmente a 218.319 animales, y de 39.023 animales (siguientes animales), a 44.395 animales.
Se hace, por tanto, necesario modificar los límites cuantitativos y los montantes presupuestarios destinados a estas dos líneas, de forma que se restablezcan los objetivos para los que [[{«fid»:»27045″,»view_mode»:»media_original»,»type»:»media»,»attributes»:{«height»:190,»width»:707,»style»:»width: 450px; height: 121px; border-width: 5px; border-style: solid; margin: 5px; float: right;»,»class»:»media-element file-media-original»}}]]fueron diseñadas, y se mantenga el diferencial de apoyo a favor de las zonas de montaña y región insular conforme a lo originalmente pretendido, exclusivamente para las solicitudes presentadas en 2015, y que, por otra parte, no han sido aún concedidas, por lo que la modificación que ahora se opera va a surtir efectos respecto de las mismas. Por contra, en el caso del ganado caprino de leche, no resultan desviaciones significativas para el pago de la ayuda solicitada en 2015, debido a que las Comunidades Autónomas en que se han producido los cambios más significativos en las zonas de montaña, no poseen un censo que pueda considerarse importante de ganado caprino de leche.