
En una decisión clave para el sector ganadero, el Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dos nuevos reales decretos sobre sanidad animal que establecen un marco normativo más flexible para las explotaciones ganaderas. Entre las principales novedades figura la voluntariedad de contar con un veterinario de explotación, así como de disponer de un plan sanitario integral y un plan de bienestar animal, requisitos que hasta ahora eran obligatorios conforme al Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo.
Estas medidas responden a los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y las organizaciones agrarias Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, dentro del paquete de 43 medidas comprometidas en abril de 2024 para mejorar las condiciones de agricultores y ganaderos.
Un cambio legislativo para reducir la carga burocrática
El nuevo texto legislativo adapta la normativa nacional a las directrices europeas sobre sanidad animal, asignando a los titulares de explotaciones ganaderas diversas responsabilidades relacionadas con:
- Bioseguridad
- Uso prudente de medicamentos veterinarios
- Prevención y control de enfermedades
Aunque se elimina la obligatoriedad del plan sanitario integral, se mantienen exigencias básicas para garantizar un alto estatus sanitario de la cabaña ganadera. Así, las explotaciones deberán recibir visitas zoosanitarias por parte de un veterinario, con una frecuencia adaptada al riesgo de cada explotación. Estas visitas incluirán:
- Supervisión del cumplimiento normativo
- Recomendaciones para corregir deficiencias
- Reducción del uso de antibióticos
- Detección de signos clínicos indicativos de enfermedad
Las explotaciones que decidan voluntariamente contar con un veterinario serán consideradas de menor riesgo sanitario.
Voluntariedad del plan de bienestar animal
Además, el plan de bienestar animal dejará de ser obligatorio, salvo que la autoridad competente lo determine tras las visitas zoosanitarias. Esta medida forma parte de una estrategia más amplia para simplificar las cargas administrativas y adaptar los controles al nivel de riesgo real de cada explotación.
Adaptación normativa en sectores específicos: porcino, bovino y avícola
Con el objetivo de garantizar la coherencia entre las distintas normativas del sector ganadero, el Gobierno ha aprobado también una segunda norma de rango equivalente para modificar las tres ordenaciones específicas que regulan las explotaciones:
- Porcinas
- Avícolas
- Bovinas
Estas normas incorporarán a partir de ahora la voluntariedad de disponer de un veterinario de explotación, y eliminan la obligatoriedad del plan sanitario y del plan de bienestar animal.
También se actualiza el contenido del Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones (SIGE) para reflejar las nuevas obligaciones de vigilancia del titular de la explotación.
Prórroga en la adaptación de explotaciones porcinas
Dado que actualmente está en tramitación una modificación del Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, que regula las explotaciones porcinas en materia de protección de los cerdos, el Consejo de Ministros ha incluido en la nueva norma una disposición transitoria que amplía en un año adicional el periodo de adaptación de las explotaciones a los nuevos requisitos.
Conclusión: un paso hacia una ganadería más autónoma y racionalizada
Con estas medidas, el Gobierno pretende equilibrar las exigencias sanitarias con la necesidad de reducir la carga burocrática que afrontan los ganaderos. La nueva regulación no elimina el compromiso con una ganadería segura y responsable, pero otorga mayor autonomía a los titulares de las explotaciones y refuerza la lógica del enfoque basado en el riesgo.
Esta reforma legislativa constituye un avance hacia un modelo más sostenible y viable para las pequeñas y medianas explotaciones, que podrán adaptar mejor sus recursos a las necesidades reales, sin renunciar a mantener un elevado nivel de control sanitario.