El Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) entró en vigor el 1 de enero de 2013. Esta medida fiscal para la sostenibilidad energética aplica un tipo del 7 % a los ingresos obtenidos por la venta de energía eléctrica y se ha impuesto, fundamentalmente, a empresas y particulares que invirtieron en energías renovables (como la fotovoltaica o la eólica) que con ello vieron mermados sus resultados.
Situación actual
El Tribunal Supremo ha decidido plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para que valore la legalidad de los impuestos creados en la reforma eléctrica para acabar con el déficit de tarifa.
En la cuestión que se enviará a Luxemburgo, y que ahora se encuentra en periodo de alegaciones, se planteará la presunta calificación del impuesto como un impuesto directo. Otra de las claves será saber si estas medidas dificultan el desarrollo de las energías renovables en España y la finalidad medioambiental del IVPEE.
En este sentido, el Tribunal Supremo señala que «cuando se analiza la estructura del tributo se comprueba que […] ninguno de sus elementos configuradores se pone al servicio de tal objetivo» y, de hecho, el Informe del Comité de Expertos sobre la reforma del sistema tributario español, encargado por el Ministerio de Economía en febrero del 2014, ya criticaba su carácter falsamente ambiental.
Por ello, Ecologistas en Acción aconseja a cada productor que inicie un procedimiento de devolución de ingresos indebidos contra la autoliquidación del impuesto desde 2013, ya que solo pueden recuperar el dinero quienes mantengan un recurso cuando se publique la sentencia que puede anularlo.