COAG – Zamora solicita que se desarrolle reglamentariamente la posibilidad, en los contratos para regadío, de poder disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses

Agronews Castilla y León

24 de julio de 2018

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COAG – Zamora solicita que se desarrolle reglamentariamente la posibilidad, en los contratos para regadío, de poder disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses

El peaje o tarifa de acceso es uno de los costes principales que todo consumidor soporta en su factura eléctrica, y que tienen su motivación en el uso de las redes de transporte y distribución de la electricidad, es decir, el precio que se paga por el transporte de la energía hasta el punto de suministro, costes que están regulados por parte del Ministerio de Industria.

A estos costes, y de forma independiente, en la factura eléctrica se añaden los costes propios de la energía realmente consumida, en función de los precios convenidos por los consumidores con las diferentes comercializadoras de energía.

Los costes por tarifa de acceso tienen dos componentes principales: uno de ellos fijo, conocido como Término de Potencia (Tp), que se vincula a la potencia que se tiene contratada conforme las necesidades del punto de suministro, y otro componente variable, conocido como Término de Energía Activa (Te), directamente vinculado a la energía que se consume.

Actualmente la normativa establece que, salvo las excepciones establecidas para los contratos eventuales o de temporada, los contratos de tarifa de acceso son de duración anual, y para cada uno de los periodos tarifarios se contratará una potencia, aplicable durante todo el año. Es decir, actualmente no existe posibilidad de aumentar y/o reducir potencia en el periodo de 12 meses de duración del contrato, por lo que se soportan unos costes fijos independientemente de si se realiza consumo o no.

Debe considerarse que el sector agrario realiza en el riego un consumo energético estacional, limitado en duración anual a las respectivas campañas, y condicionado por los cultivos a los que destina su explotación, de tal forma que algunas campañas requiere de suministro de 5 a 7 meses (cultivo de remolacha y/o maíz), frente a otras que requiere solamente de 1 o 2 meses (cereal – trigo, cebada, centeno, etc -), con el mismo punto de suministro. Sin embargo debe mantener una potencia contratada durante todo el año, y está en consonancia a las necesidades y demanda de máxima potencia de los periodos de riego.

¿Y los contratos de temporada han supuesto la solución para el ahorro de costes en el riego?

Los contratos de temporada, aquellos en que se permite una contratación de duración inferior a la anual, se han demostrado que no son la solución en el pretendido ahorro de costes, pues conforme están diseñados no se adaptan a las necesidades reales del sector agrario ya que:

  • son de aplicación a los contratos de baja tensión
  • Se establecen incrementos de los precios regulados de las tarifas de acceso
  • La duración máxima, para ser más interesantes, no puede ser superior a los 5 meses
  • Conllevan costes adicionales de enganche y desenganche anuales en altas y bajas
  • Normalmente las comercializadoras ofertan un precio superior por la energía para estos contratos de temporada con respecto a los de duración anual.

¿Cuáles son los diferentes costes de la factura eléctrica en el riego de una explotación agrícola ?

Sirva el siguiente estudio de una explotación tipo, que en atención al riego de 35 hectáreas de cultivo (remolacha, maíz y cereales), tiene suscrito un contrato anual de suministro de energía eléctrica en alta tensión (3.1A) y que realiza un consumo efectivo total de energía de 130.000 kWh (el 97% de dichos kWh los consume durante un período de 6 meses a lo largo del año, de abril a septiembre):

POTENCIA CONTRADA (kW)

Punta (PP)

Llano (PLL)

Valle (PV)

15

80

80

ENERGIA CONSUMIDA (kWh)

Punta (PP)

Llano (PLL)

Valle (PV)

3.000

35.000

92.000

El coste total para esta explotación agraria con contrato anual, sin posibilidad de ajustar la potencia en meses de no consumo, supondría un importe anual aproximado de 17.000 €, conforme el siguiente desglose en €:

Tarifa Acceso (Tp+Te)

Coste Energía

Imp. Elect. + IVA

Alquiler Equipos

Coste Total Anual

5.300

7.900

3.000

800

17.000

31%

46%

18%

5%

100%

“Dos potencias diferentes a lo largo de doce meses es la mejor opción para el ahorro de costes en el riego agrícola”

La Disposición final tercera de la Ley 1/2018 de 6 de marzo establece una modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, mediante la adición de una disposición final quinta bis, en los siguientes términos: «Disposición final quinta bis. Contratos de acceso a las redes de transporte y distribución eléctrica para regadíos. Las condiciones particulares de aplicación a contratos de acceso para regadío serán las siguientes: En los términos que reglamentariamente se determinen, el contrato de acceso para regadío contemplará la posibilidad de disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses, en función de la necesidad de suministro para esta actividad. Los precios del término de potencia no surtirán incremento alguno respecto de las tarifas de aplicación, siempre que la fijación así establecida sea consistente con la seguridad y la sostenibilidad económica y financiera del sistema recogido en el artículo 13 de la ley 24/2013, de 26 de diciembre, así como con la normativa comunitaria de aplicación.»

Esta redacción dada va en sintonía a lo que desde la Organización Agraria se viene demandando al Ministerio ya desde hace varias campañas, el poder ajustar la contratación de potencias a las necesidades de la campaña de riego, toda vez los consumos son estacionales y variables en duración dependiendo de la climatología y los diferentes cultivos.

Sirva como comparativa el ejemplo anterior, tal que se permitiera la contratación de dos potencias a lo largo del año, conforme la siguiente casuística:

EN MESES DE RIEGO

POTENCIA CONTRADA (kW)

Abril a Septiembre

Punta (PP)

Llano (PLL)

Valle (PV)

15

80

80

EN MESES DE NO RIEGO

POTENCIA CONTRADA (kW)

Octubre a Febrero

5

5

5

El coste total para esta explotación agraria tipo, con contrato anual, con posibilidad de minorar la potencia en meses de no reigo, supondría un importe anual aproximado de 15.000 €, conforme el siguiente desglose:

Tarifa Acceso (Tp+Te)

Coste Energía

Imp. Elect. + IVA

Alquiler Equipos

Total Facturas

3.600

7.900

2.700

800

15.000

24%

53%

18%

5%

100%



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