Circular sobre la «pulguilla de la patata» editada por la Comunidad Valenciana

Agronews Castilla y León

23 de febrero de 2016

valencia pulguilla

El departamento de sanidad vegetal de la Consejería de Agricultura de Valencia ha publicado la siguiente circular sobre la pulguilla de la patata.

Se conoce como pulguilla de la patata a varias especies del género Epitrix, consideradas plaga del cultivo de la patata fundamentalmente, aunque también puede afectar a otras solanáceas como el pimiento, el tomate o la berenjena.

Se trata de un insecto coleóptero (escarabajo) de la familia Chrysomelidae, originario de Norteamérica (California), donde se encuentra ampliamente distribuido, introduciéndose en Europa en 2004. Fue identificada por primera vez en Portugal y actualmente también está presente en España (determinados municipios de las Comunidades Autónomas de Galicia, Asturias y en la provincia de Sevilla).

Los síntomas que produce se pueden observar tanto en hoja como en los tubérculos. Los insectos adultos se alimentan de la parte superior de la planta provocando múltiples orificios en hojas, mientras que las larvas lo hacen del sistema radicular de la planta, dañando el tubérculo al provocar galerías superficiales muy características. Esta plaga supone una amenaza para la producción y comercialización de patata, ya que reduce considerablemente el valor comercial de los tubérculos.

La Unión Europea publicó en el año 2012 la Decisión 270/2012/UE (modificada por la Decisión 679/2014/UE) por la que se adoptan medidas de emergencia para evitar la introducción y la propagación de este organismo nocivo en la UE, estableciendo la obligación de erradicación y la realización de inspecciones anuales oficiales para detectar su presencia en todo el territorio de la UE.

Dado que las inspecciones han de realizarse tanto en campo como en almacén, y dado que la normativa vigente obliga a la inscripción en un Registro Oficial de todos los almacenes y centros de expedición de patatas de consumo, y de acuerdo con lo establecido en la Orden de 28 de diciembre de 1993 que modifica a la Orden de 17 de mayo de 1993, por la que se establecen las obligaciones a las que están sujetos los productores, comerciantes e importadores de vegetales, productos vegetales y otros objetos, así como las normas detalladas para su inscripción en un Registro oficial, los almacenes colectivos o centros de expedición de tubérculos de Solanum tuberosum, distintos de los de patatas de siembra, deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales de la Comunitat Valenciana.

En el caso de que algún almacén no se encuentre inscrito en dicho Registro Oficial, se indica a continuación el link para acceder a la solicitud de inscripción, en donde figura la documentación necesaria que se ha de acompañar. En la letra C- ACTIVIDAD, deberán marcar la casilla correspondiente a la columna C (comerciante) en el grupo 99 diversos/varios.

Link solicitud: http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/26275_BI.pdf



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