Cambios en el programa de vigilancia de las encefalopatías en el caso del ovino y el caprino

Agronews Castilla y León

16 de septiembre de 2013

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El pasado 13 de septiembre se publicaba, en el Boletín Oficial del Estado, la Orden PRE 1642 / 2013 que modifica el anexo X del Real Decreto 3454/2000, que es el que establece y regula el programa integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
Se modificaba uno de sus puntos en el sentido que, tras la confirmación de un caso de encefalopatía espongiforme transmisible en una explotación de ovino y caprino y tras descartar que se trate de EEB, podrán destinarse a sacrificio para consumo humano los animales de cualquier edad siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

1. Se autorice la salida de la explotación por la autoridad competente y en la guía de traslado de los animales se indique que proceden de una explotación en la que se ha diagnosticado algún caso de tembladera.

2. Se sacrifiquen en un matadero ubicado en el territorio español.

3. Se sometan a análisis para detectar la presencia de EET todos los animales de más de 18 meses de edad o con la dentición de más de dos incisivos definitivos



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