Las 6 preguntas más relevantes de las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos: convocatoria 2018.

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AYUDAS A LA REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN DE VIÑEDOS

Hoy 23 de Julio se ha publicado la convocatoria de ayudas a la Reestructuración y Reconversión de Viñedos en la Comunidad de Castilla y León para campaña vitícola 2018/2019

Podrán acogerse a estas ayudas los viticultores y/o futuros viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva de vinificación y cumplan los siguientes requisitos:

  1. Reestructurar o reconvertir viñedos
  2. Ser titular de las parcelas a reestructurar en REACYL en el momento de presentar la solicitud.
  3. Cumplir todos los requisitos que determina la legislación vitivinícola en vigor.

Para poder acogerse a las ayudas deberá ejecutar las operaciones contenidas en la solicitud dentro del calendario de actuaciones programado, justificar mediante factura y justificante de pago el coste real de las acciones contratadas y materiales comprados y respetar en la explotación los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agraria y medioambientales.

1.- ¿QUÉ ACTIVIDADES SON SUBVENCIONABLES?

  1. La reimplantación de viñedos. (Incluyendo las operaciones de Arranque, Preparación de Suelo, Desinfección, Nivelación, Planta y plantación, Protección Individual Contra Conejos y Espaldera).
  2. La reconversión varietal del viñedo (injertado).
  3. La mejora de las técnicas de gestión de viñedos (transformación de vaso a espaldera). Para aquellas plantaciones inscritas en el REACYL antes del 1 de agosto de 2016 a nombre del viticultor solicitante.

2.- ¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LAS PLANTACIONES REESTRUCTURADAS O RECONVERTIDAS?

  • Para la medida de Reimplantación, tendrá que ir vinculada a una autorización de plantación o una superficie equivalente de resolución de arranque o de derechos de replantación de la que el solicitante sea titular y esté vigente.
  • Una vez reestructurada, la parcela tendrá una superficie igual o superior a 0.50 has (considerando las colindantes del mismo viticultor) o de 0.20 has en caso de que haya una proporción de parcelas finales menor al 80% de las iniciales. En el caso de las medidas de reconversión o mejora de técnicas, la superficie será igual a la inicial y el mismo número de cepas.
  • Siempre se utilizará material vegetal certificado y no se subvencionará el uso de materiales de segunda mano.
  • Un mismo viticultor no podrá recibir ayuda por más de 25 has/año para todas las medidas.

 

3.- ¿QUÉ TIPOS DE SOLICITUDES DE AYUDA HAY?

Se pueden presentar dos tipos de solicitudes:

  1. Colectivas.- Integradas por un mínimo de 5 viticultores y con una superficie mínima del colectivo de 10 has, en las que, a través de un representante, se realizan la tramitación previo acuerdo de los partícipes. Este tipo de solicitud permite acceder a unas ayudas del 50% de los costes máximos establecidos para cada medida.
  2. Individuales.- En este caso la ayuda se reduce al 35% de los costes máximos para cada medida.

4.- ¿QUÉ SOLICITUDES SON PREFERENTES A LA HORA DE APROBARSE?

1.- Son criterios de prioridad para todo el territorio nacional, para aprobar la solicitudes:

  1. Solicitantes que en el año de presentación de la solicitud no cumplan más de 40 años.
  2. Solicitudes presentadas de forma colectiva-
  3. Solicitudes presentadas por explotaciones agrarias de titularidad compartida.

2.- Adicionalmente, la Comunidad Autónoma establece unos criterios de prioridad en función de objetivos estratégicos que son los siguientes:

  1. Mujeres.- ponderación 10
  2. Explotaciones Ecológicas.- ponderación 8
  3. Cooperativas y SATs.- ponderación 6.

5.- ¿CUÁNTO PUEDO RECIBIR DE AYUDA?

La ayuda a percibir depende, como dijimos antes, de si la solicitud se realiza de forma colectiva o individual.

Además, también va a depender de las operaciones que realicemos en cada medida, y de la provincia donde esté ubicada la plantación, este punto, especialmente para la compensación por pérdida de ingresos que es diferente para cada provincia de la Comunidad.

Un ejemplo, para una reestructuración de 1 hectárea, con un marco de plantación de 3×1.5, teniendo en cuenta los costes máximos permitidos:

MEDIDA

OPERACIÓN

COSTE/HA

COSTE TOTAL MEDIDA

AYUDA COLECTIVA 50%

AYUDA INDIVIDUAL 35%

REESTRUCTURACIÓN

ARRANQUE

430,00 €

8.985,18 €

4.492,59 €

3.144,81 €

PREPARACION SUELO

1.400,00 €

PLANTA Y PLANTACIÓN

3.755,18 €

ESPALDERA

3.400,00 €

RECONVERSION VARIETAL

SOBREINJERTADO

1.999,80 €

1.999,80 €

999,90 €

699,93 €

MEJORA DE TÉCNICAS DE GESTIÓN

CAMBIO DE VASO A ESPALDERA

4.000,00 €

4.000,00 €

2.000,00 €

1.400,00 €

A estos importes hay que sumar la compensación por pérdida de ingresos (1 o 2 años según medida) y según el valor asignado a cada provincia.

 

6.- ¿QUÉ PLAZO HAY PARA SOLICITAR LA AYUDA Y EJECUTAR LAS MEDIDAS?

 

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 24 de agosto de 2018.

Todas las medidas deben ejecutarse con posterioridad a la presentación de la solicitud y siempre deberán justificarse antes del 31 de julio de 2019 o del 31 de julio de 2020, según la campaña de finalización de ejecución.

 

Todas las solicitudes necesarias para el cumplimiento de la normativa sobre potencial vitícola se presentaran conjuntamente con la solicitud de ayudas, (RA, RR, CD Y DR), y las resoluciones de autorización de arranque y/o autorización de plantación con fecha límite de 15 de diciembre de cada año anterior al de plantación.

 

 

Sandra del Valle, técnico PAC

 

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Blog de Sandra del Valle y Emilio Miguel Gómez

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