Un paso más en la legalización de los pozos de minas: la no prescripción de la acción.

Suscríbete a mi canal:

img 0451 3

Un paso más en la legalización de los pozos de minas: la no prescripción de la acción.

 

Como ya hemos hablado en más ocasiones para poder legalizar un pozo de los llamados de minas, de los que tenían la autorización del Ministerio de Industria en el Registro de Minas antes de la entrada en vigor de la Ley de Aguas de 1985, tenemos que tener la documentación acreditativa de esa autorización y de la ejecución de las instalaciones así como de la utilización del agua alumbrada par el riego de la finca.

 

Una vez que tengamos la documentación (que más abajo indicamos) habrá que iniciar las correspondientes acciones judiciales contra la Confederación Hidrográfica.

Será un juicio declarativo ante el juzgado de primera instancia para que se declare que el solicitante es titular del aprovechamiento de aguas privadas sobre la finca de su propiedad.

La mayoría de las sentencias están siendo favorables al particular, al agricultor.

 

Si bien en los últimos meses la Confederación Hidrográfica del Duero, estaba oponiendo la excepción de prescripción de la acciones, lo que ha llegado hasta la Audiencia Provincial de Valladolid, que en la reciente sentencia de 27 de noviembre de 2018, en el procedimiento iniciado por nuestra compañera Araceli Alvarez, ha desestimado la excepción de prescripción, dando una vez más la razón al agricultor que había acreditado las autorizaciones de Minas y que había venido regando con dicho sondeo.

 

Y aunque hay otros asuntos pendientes de resolución del recurso de apelación en otra sección de la Audiencia Provincial y de la posibilidad de que la Confederación recurra ante el Tribunal Supremo, es una sentencia que muy bien fundamentada nos permite continuar apostando por la “legalización de estos pozos de minas”, ya que en caso de haber sido negativa hubiese hecho imposible la legalización de este tipo de pozos.

 

Y es que estamos hablando de pozos que están siendo utilizados de forma regular desde antes del año 1985, que han sido reconocidas las parcelas donde están de regadío por catastro, se reciben por ellos derechos de regadío de la propia PAC e incluso se han recibido ayudas por las inversiones de modernización que se están haciendo en las parcelas en las que  se sitúan, sin que ninguna de esas Administraciones Públicas hayan puesto pega alguna sobre su legalidad al estar plenamente documentada su registro en Minas.

 

La Audiencia Provincial, recogiendo una sentencia del Supremo, ha señalado que las acciones ejercidas son, lo que en términos jurídicos se conocen como “mero declarativas”, ya que no se trata de condenar a la CHD sino de reconocer la existencia de una relación que había sido discutida anteriormente como es el derecho a regar.

 

En definitiva, declara que no han prescrito las acciones y se reconoce la titularidad del agricultor del aprovechamiento de aguas privadas sobre las fincas.

 

Y es que hay que recordar que si el pozo no está legalizado y no tienes concesión de Confederación (autorización administrativa) puedes ser sancionado con una multa de hasta 50000€ e incluso tener que pagar una indemnización por los daños causados al dominio público hidráulico que se calculan en función del volumen de agua consumido por el precio del agua según su uso (agrario, ganadero…) según los parámetros que establece la Administración, y te pueden precintar (cerrar) el pozo y no poder volver a utilizarlo.

En determinadas masas de agua es imposible pedir una nueva autorización si están en riesgo de sobreexplotación, ni tampoco se pueden legalizar si son pozos realizados irregularmente después de la entrada en vigor de la Ley de Aguas de 1985.

Si bien como  estamos viendo se pueden llegar a legalizar si se trata de pozos y perforaciones realizados antes de 1985, antes de la entrada en vigor de la Ley de Aguas, pero es necesario acudir según la propia normativa a los juzgados para que nos den una sentencia que nos permita inscribir estos pozos en los Registros de Confederación.

Y aunque para ello habrá que estudiar cada caso concreto.

Por ello si necesitas que te orientemos sobre tu caso no dudes en ponerte en contacto con nosotros y traer la documentación que tengas para valorar si es posible legalizar tu pozo de minas.

Esta es la documentación que te recomendamos obtener:

DOCUMENTOS LEGALIZAR POZO MINAS

-Escrituras, y nota simple actual

-Catastro: recibo IBI- contribución

-Certificado de que el pozo está en el Registro de Minas antes de 1985 (solicitar expediente completo en Minas (Fomento: Edificio usos múltiples junto a cúpula del milenio en Valladolid) y resoluciones del Ministerio de Industrias (sección de minas)

  • Proyecto de aguas (caudal y superficie)
  • Proyecto de elevación de agua
  • Acta de puesta en marcha

-Recibos de pago de los proyectos, perforación, préstamos Iryda si existe, bombas de agua, arreglos motor, pivot, tuberías, etc…, cualquier documentos que pruebe la puesta en marcha y funcionamiento de la perforación)

–PAC desde 1993 declarando de riego (o certificado histórico) las parcelas

  – Posteriormente es necesario con esta documentación elaborar un informe por un perito agrícola o agrónomo  y  se puede completar con un informe de un perito de minas que acredite la existencia del pozo y podamos utilizarlo en juicio.

 

Celia Miravalles, abogado

 

Si te pareció interesante este post, no dudes en compartirlo, puede que a otros también se lo parezca y les sirva de ayuda.

Y si quieres déjanos tus comentarios más abajo.

Te invito a suscribirte al blog, estarás informado de la publicación de los nuevos artículos.

 

Y puedes encontrarme y pedir presupuesto y cita para consultas on-line, telefónicas y presenciales, para la realización de gestiones, redacción de escritos o defensa en juicio en nuestra oficina de Valladolid (c/ San Ignacio nº 11- of 10), en tfo.630 90 30 68 / 983343960, o en asesoria.juridica@agronewscastillayleon.com

Si necesitas algún documento legal agrario puedes adquirirlos en nuestra tienda on line: Los documentos y formularios más útiles para el derecho agrario: http://tienda.agronewscastillayleon.com/

«

Blog de Celia Miravalles

Deja un comentario

Share This