Si un jabalí que sale del coto causa un accidente de tráfico, ¿quién se hace cargo de los daños? en El Adelantado de Segovia

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Una viernes más, día 15 de julio, me han publicado un nuevo artículo en la sección el Experto responde del suplemento del campo de El Adelantado de Segovia

Esta vez hablamo de Si un jabalí que sale del coto causa un accidente de tráfico, ¿quién se hace cargo de los daños?

Aquí te dejo el texto completo:

La nueva responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas.

 

Desde  hace unos meses  hay un nuevo sistema de responsabilidad en los accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas.

 

Hasta ahora en los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de especies cinegéticas, regulado en la disposición novena de la actual ley de seguridad vial, se consideraba responsable al conductor solo si este había incumplido las normas de circulación. Pero si el siniestro se producía como consecuencia de la cacería o por la falta de diligencia en la conservación del terreno acotado, el culpable era el dueño del coto de caza.  Y la Administración titular de la vía lo era por la falta de conservación de la vía y de su señalización.

 

Con la nueva ley de tráfico, en un accidente provocado por el atropello de un animal de caza a priori será responsable el conductor del vehículo de los daños a personas o bienes, aunque no se le podrá reclamar el valor de los animales atropellados.

 

Se contemplan dos excepciones:

1º..- será responsable el titular del coto o el propietario del terreno: cuando el siniestro se produzca como consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor, siempre y cuando el accidente ocurra en el momento de la cacería o en las 24 horas posteriores a que concluya. Pero si el atropello sucede en ese tiempo y los cazadores por ejemplo buscaban conejos o perdices —especies de caza menor—, el culpable también será el conductor

2º.- será responsable la Administración titular de la vía pública: cuando no haya reparado la valla de cerramiento en plazo” o “por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”.

 

Celia Miravalles, abogado

 

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