¿Qué consecuencias hay si la otra parte incumple los plazos de pago de una compraventa de productos agrarios?

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¿Qué consecuencias hay si la otra parte incumple los plazos de pago de una compraventa de productos agrarios?

Desde el año 2010 (por la disposición adicional primera de la ley 15/2010 de 5 de julio que modificó la ley 3/2004 por la que se establecen  medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales), la ley de medidas contra la morosidad estableció un régimen especial de plazos de pago para los productos agroalimentarios, con el fin de luchar contra la morosidad en el pago de deudas dinerarias

el plazo máximo de pago  será:

  1. De 30 días a partir de la fecha de entrega de las mercancías, cuando se trate de productos de alimentación frescos y perecederos.
  2. De 60 días a partir  de la fecha de entrega de las mercancías, cuando se trate  de productos de alimentación que no sean frescos o perecederos.

 

¿Qué ocurre si se incumplen los plazos de pago?

  1. Se podrá denunciar el hecho ante la AICA (Agencia de Investigación y Control alimentarios), siendo posible que se sancione con multa de 3000€ a 100.000€
  2. Además y ya en vía de reclamación civil se podrán exigir intereses de demora: 

¿Qué  intereses se pueden exigir?

  • El precio que esté pactado
  • más el interés de demora pactado en contrato o el que fije la ley. El interés de demora que fija la ley será el interés publicado en el BOE cada 6 meses más un 8%.

Además   el acreedor tendrá derecho a cobrar una cantidad fija de 40€ por costes de cobro y a reclamar una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados

 

MODELO DE CARTA DE RECLAMACION DE CANTIDAD

 

 

Celia Miravalles, abogado

 

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