¿Puede el arrendatario salir al retracto de una sola de las fincas vendidas?

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¿Puede el arrendatario salir al retracto de una sola de las fincas vendidas?

 

¿Tiene derecho de retracto el arrendatario sobre una sola de las fincas que lleva en renta si el propietario vende todas las fincas arrendadas?

Está claro que si es una sola la finca arrendada o se venden todas las fincas que lleva en renta, puede salir al retracto de todas las fincas, pero qué ocurre si el rentero solo le interesa una o alguna de las fincas  vendidas, puede salir solo al retracto de estas que le interesan?

El art 22.9 de la Ley de Arrendamientos rústicos, reconoce el derecho del arrendatario a salir al retracto en los casos en que solo se vende una porción de la finca; Lo mismo ocurre si el propietario solo vende una finca de las varias arrendadas en el contrato de arrendamiento.

Si embargo si el propietario vende todas las parcelas arrendadas en un mismo contrato de arrendamiento de forma conjunta, el arrendatario tiene que salir al retracto de todas las fincas de forma conjunta, lo que no puede hacer es pretender el retracto de una o alguna de ellas.

Otra cuestión diferente es que las fincas arrendadas figuren en contratos de arrendamiento diferentes o se puede demostrar que el arrendamiento no es uno solo sino tantos distintos como fincas arrendadas, por ejemplo si se han ido arrendando sucesivamente en distintos años, en este caso al ser contratos diferentes, podría hacer valer el contrato exclusivo sobre la finca que le interesa y salir al retracto únicamente de esa finca en concreto

 

Carta por la que el arrendatario de una finca reclama datos necesarios para ejercer el retracto

 

 

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Celia Miravalles, abogado

 

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