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Recientemente a principios de agosto se ha publicado por el Ministerio de Agricultura un Proyecto de real decreto por el que se modifican diversos reales decretos dictados para la aplicación en España de la política agrícola común, que hasta el 8 de septiembre está sometido a información pública, y por el que se difiere a septiembre de 2024 la obligatoriedad del cuaderno digital para determinadas explotaciones, y que viene a señalar que la aplicación del cuaderno de explotación digital se realizará de forma progresiva a partir del 1 de septiembre de 2024 y a partir del 1 de septiembre de 2025.
A partir de la primera fecha, el 1 de septiembre de 2024, el cuaderno de explotación digital será obligatorio para las explotaciones que:
– Cuenten con una superficie total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a 30 hectáreas;
o – Sobre el total de su superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, tengan más 5 hectáreas de regadío.
– Dispongan de cultivos bajo invernadero.
Igualmente este proyecto prevé que las explotaciones pequeñas que cumplan alguna de las siguientes condiciones quedarán exentas de la obligatoriedad del uso del cuaderno digital:
– Las que cuenten con una superficie agraria total menor o igual a 5 hectáreas, siempre y cuando tengan una superficie de regadío menor o igual a 1 hectárea, excepto en el caso de los invernaderos.
– Dispongan únicamente de superficie de pastos, siempre que no realicen aplicaciones de fertilizantes en dichas superficies6.
No obstante, dichas explotaciones pueden optar por utilizar el cuaderno digital voluntariamente o bien mantener los registros en papel que determina la normativa sectorial, a disposición de la autoridad competente.
Sin embargo HAY QUE RECORDAR QUE esta reforma NO está aprobada a fecha de 1 de septiembre de 2023 y NO está exenta de volverse a modificar, lo que está creando gran inseguridad jurídica.
Y pese a que desde el Ministerio se indica que la aprobación de esta reforma se hará con carácter retroactivo, lo cierto es que a fecha de hoy no está aprobada ni publicada en el BOE
Lo que está en vigor es la última reforma del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola, fue realizada por el art 16 del Real Decreto ley 4/2023 de 11 de mayo que establece una entrada en vigor escalonada o progresiva del Cuaderno digital de Explotación Agrícola (CUE), en función del tamaño e intensificación de las explotaciones y del tipo de información a cumplimentar.
Por lo que conforme la normativa vigente las EXPLOTACIONES GRANDES, deben comenzar a utilizar el cuaderno digital de campo a partir del 1 de septiembre de 2023. Te dejo este enlace donde lo explicamos hace poco: ¿Cuándo entra en vigor el cuaderno digital de explotación agrícola?
Desconocemos si se aprobarán finalmente las reformas y no habrá penalizaciones, que sería lógico ante tanta inseguridad jurídica, pero mientras no esté derogada la citada normativa es obligatorio utilizar el cuaderno digital para las explotaciones obligadas a ello conforme a la normativa vigente
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Celia Miravalles, abogado
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