¿Es conveniente hacer un inventario de bienes en caso de un arrendamiento rústico?

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¿Es conveniente hacer un inventario de bienes en caso de un arrendamiento rústico?

Lo primero es tener claro   que un inventario de bienes es un anexo al contrato de arrendamiento en el que se detallan los bienes (tubos, aperos, maquinaria, bombas de riego, y demás elementos que estén dentro de la finca…) y que se arriendan junto con la finca rústica. También puede incluirse como una cláusula más del contrato de arrendamiento, en caso de que  hablemos de pocos bienes

 

En ambos casos conviene firmarlo por las dos partes, propietario y arrendatario para que pueda generar derechos para ambos. Y en caso de que sea un anexo debe identificar el contrato al que se anexa y el nombre de las partes firmantes y fecha.

Conviene detallar lo más posible las características de esos bienes y el estado en que se encuentran y la antigüedad de los mismos, incluso se pueden adjuntar fotografías, pues en las fotografías se puede comprobar los elementos que se arriendan y su estado de conservación.

Está claro que es un documento de gran utilidad, y totalmente recomendable por la seguridad jurídica que va a dar a ambas partes y porque en caso de dudas puede servir de prueba; para el propietario será de gran ayuda para reclamar por pérdidas o deterioros, y para el arrendatario, es la mejor forma de comprobar que todo funciona y que está en buen estado y que al finalizar el arrendamiento se entregan en el mismo estado en que se los arrendaron.

 

MODELO  Anexo inventario de bienes y aperos arrendados

 

 

 

Celia Miravalles, abogado

 

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