Ayudas a la mejora de la competitividad de la industria agroalimentaria de Castilla y León

Agronews Castilla y León

8 de mayo de 2025

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El Boletín Oficial de Castilla y León, hoy, 8 de mayo de 2025, publica la Orden AGR/451/2025, de 24 de abril, mediante la cual se aprueban las bases reguladoras de las ayudas no reembolsables destinadas a mejorar la competitividad de la industria agroalimentaria de Castilla y León, en el marco del Plan Estratégico de la Industria Agroalimentaria 2024-2028 (PEIACYL).

Aquí tienes la orden completa


🟢 Objetivo y finalidad

El objeto de la norma es establecer las bases reguladoras para conceder ayudas de minimis dirigidas a empresas agroalimentarias, con el fin de financiar determinados gastos relacionados con:

  • Aseguramiento industrial.

  • Obtención y mantenimiento de certificaciones.

  • Implantación de comercio electrónico y redes sociales.

  • Mejoras en calidad y seguridad alimentaria.

Estas actuaciones persiguen fortalecer la competitividad del sector agroalimentario y fomentar su modernización, digitalización y resiliencia ante riesgos.


🟡 Régimen jurídico

Estas subvenciones se enmarcan bajo el Régimen de mínimis, según el Reglamento (UE) 2023/2831, y se rigen por:

  • Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003).

  • Ley de Subvenciones de Castilla y León (Ley 5/2008).

  • Real Decreto 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones.


🧾 Definiciones clave

  • CNAE-Elegible: Incluye divisiones 10 (industria alimentaria), 11 (bebidas) y actividades mayoristas de productos agroalimentarios.

  • Establecimiento industrial: Debe estar inscrito en el Registro Industrial de Castilla y León y desarrollar una actividad CNAE elegible.

  • Empresa en crisis: Excluida de estas ayudas.

  • Tipos de gasto subvencionable:

    • Tipo I: Aseguramiento, certificaciones, redes sociales y comercio electrónico.

    • Tipo II: Seguridad alimentaria y calidad (APPCC, ISO 22000, FSSC 22000, BRCGS, IFS).


🧑‍💼 Beneficiarios

Pueden solicitar la ayuda empresas, sin importar su forma jurídica, que:

  • Estén dadas de alta en el IAE con un CNAE elegible.

  • Dispongan de al menos un establecimiento industrial en Castilla y León.

  • Realicen gastos subvencionables conforme a la normativa.

Exclusiones:

  • Administraciones públicas.

  • Empresas en crisis.

  • Empresas vinculadas a paraísos fiscales.

  • Empresas que no cumplan requisitos legales de igualdad o discapacidad.


📌 Obligaciones de los beneficiarios

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • Disponer de plan de igualdad si están obligadas.

  • Cumplir con la cuota de reserva para personas con discapacidad.

  • Informar sobre otras ayudas minimis recibidas.

  • Justificar los gastos mediante facturas y documentos de pago.

  • Reintegrar ayudas si procede.

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💶 Gastos subvencionables y cuantías máximas

👉 Tipo I: (máximo 70.000 €)

  • Seguros industriales (G.1.1): deben cubrir riesgos como incendios.

  • Seguros de crédito a la exportación (G.1.2).

  • Certificaciones específicas (G.2.1 ecológica / G.2.2 ibéricos).

  • Comercio electrónico y redes sociales (G.3.1 y G.3.2).

👉 Tipo II: (máximo 30.000 €)

  • Certificaciones de calidad y seguridad alimentaria (G.4):

    • APPCC / HACCP.

    • ISO 22000.

    • FSSC 22000.

    • BRCGS.

    • IFS.

🧮 Porcentajes y límites:

  • Intensidad de ayuda: hasta el 70 % del gasto justificado.

  • Máximo total por empresa: 105.000 € por convocatoria.

  • Límite de mínimis: no superar 300.000 € en tres años.

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📝 Procedimiento de concesión y solicitud

  • Concesión directa, por orden de presentación de solicitudes completas.

  • El procedimiento se inicia mediante convocatoria oficial.

  • Solicitudes y documentación deben presentarse telemáticamente usando la sede electrónica de la Junta de Castilla y León.

  • Se requiere firma electrónica (DNIe o certificado digital).


📑 Documentación requerida

  • Copia de pólizas de seguros y/o contratos de consultoría.

  • Facturas y justificantes bancarios de pago.

  • Certificados tributarios y de Seguridad Social si no se autoriza su consulta.

  • Documentación sobre plan de igualdad (si procede).

  • Declaraciones responsables sobre cumplimiento legal.


Plazos

  • El plazo de presentación será determinado en cada convocatoria (máximo 6 meses).

  • El plazo para resolver las solicitudes es de 6 meses, desde el registro de la misma.

  • Si no hay resolución expresa, se entiende desestimada por silencio administrativo.

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📬 Notificaciones y resolución

  • Todas las comunicaciones serán por medios electrónicos.

  • Las subvenciones concedidas se publicarán en la BDNS y en la sede electrónica de la Junta.


⚖️ Recursos

Las resoluciones ponen fin a la vía administrativa. Contra ellas puede interponerse:

  • Recurso potestativo de reposición: plazo de 1 mes.

  • Recurso contencioso-administrativo: plazo de 2 meses.


📅 Entrada en vigor

La orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOCyL: 9 de mayo de 2025.

 
Tipo de gasto Límite por bloque Ejemplos
G.1.1 – Seguros industriales 70.000 € Incendios en fábricas
G.1.2, G.2, G.3 – Exportación, certificaciones, redes 50.000 € Certificación ecológica, tienda online
G.4 – Calidad y seguridad alimentaria 30.000 € ISO 22000, BRCGS
Subvención total máxima 105.000 € Por empresa y convocatoria

 

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